29 de Abril de 2024
Edición 6955 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/04/2024
Consejo de la Magistratura de la Nación

Cambios en el convenio con la ANSES y la AFIP

El Consejo ratificó la adenda del Convenio Marco celebrado con la ANSES para la regularización de las deudas de jueces y funcionarios por los aportes que realizaron a las AFJP o al sistema de reparto. Los consejeros expusieron ante el Administrador General sus inquietudes sobre el procedimiento, las cuotas y la liquidación de las sumas.

A raíz de las inquietudes expresadas por la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional al tomar conocimiento que las Oficinas de Habilitación notificaron telefónicamente a funcionarios y jueces –que aportaron a una AFJP o al sistema de reparto- la opción de firmar un convenio con el Consejo y así regularizar las deudas en concepto de diferencias de aportes previsionales, el Plenario decidió dar tratamiento al tema.

El año pasado, el Consejo de la Magistratura selló junto la AFIP y la Anses un acuerdo de regularización de las deudas que poseen los jueces y funcionarios por los aportes que efectuaron a las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones (AFJP) o al sistema de reparto, durante el período comprendido entre julio de 1994 a abril de 2007.

El denominado Acuerdo Marco de Regularización de Deuda del Régimen Especial de Jubilaciones y Pensiones del Poder Judicial de la Nación dispuso que “la AFIP instrumentaría un plan de facilidades de pago de hasta 60 cuotas, con un interés de financiación del 6% anual”, y así se concretaron los convenios de reconocimiento de deuda de un total de 99 personas que “ya habían iniciado su trámites jubilatorios pero se encontraban paralizados por la falta de pago de estas diferencias de aportes previsionales”.

La cláusula segunda estableció que “cada funcionario o magistrado interesado en cancelar los aportes adeudados, podría celebrar con el Consejo dentro de los 180 días corridos desde la suscripción de aquél un convenio individual en el que se instrumentaría el modo en que cancelaría dicha deuda”. No obstante, durante la reunión Plenaria del 3 de diciembre de 2014, el consejero Luis María Cabral propuso designar a la Presidenta del Cuerpo, Gabriela Vázquez, para concretar una prórroga.

En aquella ocasión, los consejeros propusieron que “se la faculte para gestionar y firmar la prórroga, porque involucra a 3.900 personas aproximadamente, y por lo tanto, se hace necesario mucho más tiempo que el que hay en este momento, ya que en los primeros días del mes de enero caducaría y ya no habría tiempo”.

En consecuencia, en marzo pasado se firmó una "adenda" al texto del acuerdo, por medio de la cual, se realizaron modificaciones. Al respecto, desde la Asociación de Magistrados y Funcionarios de la Justicia Nacional comunicaron oficialmente que “la adenda al convenio original (…) eliminó la posibilidad de cancelar las deudas de aportes en 60 cuotas, al tiempo que se comprometió económica y financieramente al Poder Judicial de la Nación al establecer que los saldos serían cancelados en su totalidad al 31 de diciembre del corriente año”.

“La modificación de las cláusulas originales importa una concesión graciosa y deliberada en favor de las finanzas de otro Poder del Estado en franco perjuicio de derechos adquiridos por los trabajadores judiciales”, destacó el comunicado Nº 84/2015.

Por su parte, a través de una nota remitida a la Presidencia del Consejo, el consejero-juez Luis María Cabral aseveró que “en faz práctica, la modificación implicaría que los agentes que fueron intimados a satisfacer las deudas registradas deban aceptar -incluso de modo algo compulsivo- un plan de pago de hasta 12 cuotas y no de 60 como se había planeado originariamente”.

“Ha previsto que la cuota mensual que en cada caso corresponda nunca podrá ser inferior al 5% de la remuneración neta del agente de que se trate; circunstancia que, en una buena porción de los casos, implicará que cada funcionario o magistrado deba satisfacer el total de la deuda en un número de cuotas que siquiera arribe a las 12 previstas, con el consecuente perjuicio económico que ello causará considerando además lo intempestivo del desembolso”, afirmó Cabral.

La modificación del procedimiento a través de la adenda suscitó el debate sobre los cambios introducidos y, en consecuencia, en la última reunión del Plenario se profundizó el análisis de la cuestión. La presidente del Consejo, Gabriela Vázquez, aclaró que “es un convenio voluntario y no obligatorio”, y agregó que “hay que tener presente que la Corte Suprema no dio ninguna cuota y, por su parte, el Ministerio Público accedió a tres, y nosotros estamos en condiciones de asumir el pago en la medida en la que los agentes acepten”.

Sobre la cantidad de cuotas, el Administrador General explicó que “el problema operativo que se presentó fue que al establecer una financiación en 60 cuotas, era necesario rectificar cada una de las declaraciones juradas mensuales de aportes y contribuciones que el Consejo había presentado durante el período”.

“Era un trabajo cuasi artesanal con el sistema que tenemos y nos llevaría cuatro o cinco años, por ello asumimos la carga de abonar de contado, ya que se reconoce la deuda y se abona. De este modo, realizamos el análisis financiero de cuántas cuotas podríamos facilitarles”, agregó Cholakian.

Así, el Administrador indicó que “para que no resulte excesivamente significativo el descuento de estas deudas, el Consejo de se va a hacer cargo del pago al contado del monto total adeudado- antes del próximo 31 de diciembre-, otorgándole a los beneficiarios la posibilidad de financiar el pago mediante el descuento de hasta 12 cuotas”. De esta forma, los consejeros aprobaron la ratificación de la adenda del Convenio Marco celebrado con la Anses.

En definitiva, el Consejo de la Magistratura "ofrecerá la posibilidad, a quienes no hayan suscripto aún el convenio, de abonar la diferencia respectiva en 12 cuotas", y en el caso de los ya conformados "se consultará a los interesados si prefieren adherir a dicha opción, interpretándose como favorable la falta de respuesta".


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