17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024
Consejo de la Magistratura de la Nación

Sin pena ni gloria, ni dictámenes

La Comisión de Reglamentación del Consejo tuvo una reunión sin mayores sobresaltos, donde los expedientes que iban a ser tratados solo resultaron en diversas acumulaciones. Los detalles de la reunión.

Después de una extensa reunión del Plenario que tuvo fuertes discusiones, el encuentro programado para este jueves de la Comisión de Reglamentación del Consejo de la Magistratura fue breve y los puntos contemplados en el Orden del Día fueron, prácticamente, pasados por alto. Solo se llevaron a cabo acumulaciones de expedientes.
 
Una de las acumulaciones fue acaso la más importante, que es la relativa al proyecto de Adriana Donato, quien propuso una modificación en los términos del tratamiento de las denuncias contra jueces. Esta es una discusión de larga data en el órgano, y en la actualidad, los casos deben tratarse en menos de tres años antes de su llegada al plenario.
 
La última reunión de esta Comisión había decidido avanzar en este sentido, y al proyecto que también había presentado Leónidas Moldes al respecto se lo unificó con el de Donato, priorizando el de la representante de los abogados por pedido expreso del juez. Los consejeros se mostraron, al mismo tiempo, de acuerdo con esta iniciativa.
 
El objetivo general de la iniciativa es que los expedientes de este tipo que ingresen al Consejo tengan un tratamiento lo más veloz posible y que no tengan que pasar años hasta que su consideración sea inevitable.
 
“Dentro de los cuatro meses siguientes al cumplimiento del plazo establecido en el art. 7, inc. 7 y 12 de la ley 24.937 y sus modificatorias, el Plenario considerará, sin posibilidad de postergación, él o los dictámenes que existan a esa fecha respecto de las actuaciones en cuestión. En caso contrario, si no hubiera dictámenes para su consideración, o si los mismos no reunieran la cantidad de votos requeridos legalmente para su aprobación, el Plenario resolverá el archivo de las actuaciones”, expresa uno de los párrafos de la propuesta de Donato.
 
La letrada también consignó que “es dudoso que el plazo de cuatro meses establecido en el art. 5 del Reglamento General del Consejo de la Magistratura sea estrictamente parificable al concepto de inmediata consideración de que habla la ley, toda vez que tratándose de un órgano permanente –art. 1°, ley 24.937– dicho lapso parecería exceder el requisito de inmediatez en la consideración del caso que se planteara”.  
 
Al mismo tiempo, una de las novedades del encuentro fue que el consejero Héctor Recalde presentó una iniciativa en torno a las licencias por paternidad, otro tema que fue largamente discutido en la Comisión en varias oportunidades y para el cual, según se aseveró, ya existe una situación de hecho con respecto a la modificación del reglamento.
 
La propuesta de Recalde se unificó a otras preexistentes, inclusive desde integraciones anteriores del Consejo, y en este sentido, el consejero diputado precisó que le parecía ilógico que solo se den dos días de licencia por paternidad. 
 
Durante el breve debate al respecto, se puso de manifiesto que, precisamente, la magistratura ya había tomado cartas en el asunto y que los jueces pueden acceder a licencias de plazos más razonables por paternidad, con lo cual solo restaría modificar el reglamento para que se adapte a la realidad del Poder Judicial.


dju

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