09 de May de 2024
Edición 6962 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 10/05/2024
Novedad normativa

Santiago Del Estero está de estreno

La Justicia santiagueña llevó a cabo su primera condena utilizando el reformado Código Procesal Penal y usando el nuevo sistema acusatorio. El acusado deberá cumplir una pena de cinco años de prisión por un homicidio simple.

Los integrantes de la Cámara en lo Criminal y Correccional de la Tercera Nominación de Santiago Del Estero, Roberto Encalada, Rosa Margarita Piazza de Montoto y Julio Alegre Paz, brindaron esta semana su sentencia en orden al caso de un hombre que asesinó a su tío en la ciudad de Frías. Fue condenado a cinco años de prisión por el delito de homicidio simple.
 
Pero la particularidad del caso es que es el primer fallo firme llevado a cabo con el Código Procesal Penal reformado y estrenando el sistema acusatorio en la provincia del norte argentino. El caso también tuvo otra novedad, dado que fue el primer juicio oral llevado a cabo bajo los nuevos preceptos normativos.
 
El caso trató concretamente sobre el asesinato de Ramón Alejandro Albarracín, quien murió en manos de su sobrino, Luis Esteban Cornejo. El crimen fue llevado a cabo en mayo del año pasado, cuando ambas personas discutían por una presunta relación que el tío del condenado mantenía con su madre. El intercambio terminó en la calle donde el asesinato fue llevado a cabo con un cuchillo.
 
El nuevo sistema acusatorio permitió que la Unidad Fiscal de Frías pudiera llevar a cabo la investigación en cinco meses. En estos términos, se solicitó ante la jueza de control Gabriela Núñez de Cheble que se eleve el caso a juicio oral y que se prorrogue la prisión preventiva que se había dictado contra Cornejo, de veinte años de edad.
 
Los defensores de Cornejo intentaron pasar el caso por un “desborde emocional” al enterarse de la relación que tenía su tío con su madre. Por eso exigieron que se atenúe el homicidio en orden a esta situación. En tanto, los representantes del Ministerio Público habían solicitado una pena de diez años de prisión.
 
Desde el Poder Judicial santiagueño precisaron que “las audiencias se efectuaron en los Tribunales Penales de la ciudad de Frías, donde se instruyó la causa, en lo que constituyó la primera experiencia de trasladar el plenario al interior de la provincia para facilitar el acceso de la comunidad al debate”.
 
Esta, de todas formas, no fue la primera experiencia en torno al Código Procesal Penal reformado. En junio de este año, el camarista de la Segunda Nominación, Juan Carlos Storniolo, gracias a los nuevos preceptos codificados, se pudo constituir como Tribunal Unipersonal y brindar una respuesta a un caso de violencia de género.
 
Condenó a un hombre a diez meses de prisión efectiva. Al acusado se le imputaba haber golpeado a su mujer en reiteradas ocasiones.
 
Entonces, Storniolo destacó que “con el nuevo sistema procesal penal los jueces tenemos que ir a los lugares donde han sucedido los hechos, y anteponer la comodidad de los magistrados a las necesidades y la incomodidad de los testigos, las víctimas y el imputado o de la gente que sufre y padece”.
 


dju

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