26 de Abril de 2024
Edición 6954 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 29/04/2024

Cambio de reglamento que fortalece la oralidad

El Jurado de Enjuiciamiento de la Nación modificó su reglamento para ajustarlo a un sistema más acusatorio, de manera que a partir de ahora, el debate lo abrirán las partes con la exposición de los hechos ante los jueces. En el viejo sistema eso ocurría con la lectura de los escritos de la acusación y de la defensa. TEXTO COMPLETO

 
Con la idea de ajustar los juicios políticos contra los magistrados de la Nación a un sistema de corte más acusatorio, el Jurado de Enjuiciamiento modificó su reglamento afianzando la oralidad de los procesos.

El cambio sustancial está enfocado en la forma de iniciación de las audiencias del debate: ahora, las partes serán las protagonistas del comienzo del juicio y quedará atrás el viejo sistema de iniciarlo con la lectura de los escritos que la acusación y la defensa debían presentar sobre los hechos a debatir.

“La norma que rige en la actualidad ha de ser reemplazada por un sistema en el que se dé prioridad a los principios que regulan el enjuiciamiento de magistrados nacionales, especialmente el de oralidad, según la previsión del legislador de la ley 24.937, tomando como referencia las disposiciones de los modernos códigos procesales penales”, sostiene la resolución del jurado.

Así, los integrantes del Jury entendieron que el acto de lectura de los escritos de acusación y de defensa al comenzar el debate debía ser reemplazado por otro “en el que se dé prioridad al principio de oralidad” y para ello tuvieron en cuenta la redacción de varios códigos de rito, como el de Santa Fe, Chubut, Neuquén y la Ciudad de Buenos Aires.

Para los miembros del jurado, esos códigos procesales poseen modelos auténticamente acusatorios que no autorizan la lectura de los escritos, sino que contemplan la “presentación inicial” de cada una de las partes”.

De esta manera, con la modificación, el artículo 28 del reglamento procesal del Jurado quedó redactado de la siguiente manera: “Una vez comprobada la presencia de las partes, el Presidente declarará abierto el debate, y otorgará primero la palabra a los acusadores para que expongan los hechos que se imputan y que se pretenden probar y seguidamente a la defensa para que explique su posición frente a los hechos imputados”.

La resolución fue firmada por Carlos Sodá, Alfredo Sañudo, Marcelo Guinle, Oscar Massei, Angela Di Paola y José García Hamilton.

La nueva reglamentación comenzó a regir desde este martes tras su publicación en el Boletín Oficial, pero aún no será utilizada por el Jurado porque en lo que va del año, el Consejo de la Magistratura no ha remitido ningún juicio político.

dju / dju
Documento relacionado:

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486