En su momento, la defensa de la magistrada solicitó el rechazo de la acusación, haciendo reserva del caso federal. Adujo que la acusación “transformó una cuestión meramente disciplinaria regulada reglamentariamente en una falsa causal de mal desempeño; que ningún cargo se refería a la vida privada de la Dra. Torres Nieto ni a su vida como magistrado, y menos a actos de corrupción o de incompatibilidad moral para el ejercicio del cargo; y que la juez había trabajado en la etapa más conflictiva del Fuero Laboral -por su excesiva litigiosidad- en condiciones materiales de amplia desventaja por no poder contar con la dotación completa de los empleados del juzgado”.
En ese sentido, los miembros del tribunal presidido por Eduardo Moline O´Connor, que en ningún momento pusieron en duda la calidad de las sentencias de la magistrada, consideraron en cambio que sí cometió “infracciones a las normas vigentes”.
Al respecto, los jueces aseveraron que el hecho más grave en el que incurrió la ya destituida juez se relaciona en el dar a conocer “sentencias como falladas cuando en verdad no lo estaban”.
En la sentencia, se destacó que en el ex juzgado de Torres Nieto existía una severa “falta de orden” y “abuso de autoridad” cuando desplazó a su secretaria, quien tenía como función propia confeccionar la lista de sentencias.
A modo de ejemplo de las irregularidades, en el Jury se hizo mención a un expediente de 1993 que figuraba como sentenciado ese año y que en verdad recién fue resuelto en 1997. En otra de la causas, se la dio como resuelta en 1996 y que recién fue terminada en octubre de 2000.
Para el tribunal, “se encuentra plenamente acreditado en el caso que la Dra. Torres Nieto instauró una operatoria sistemática en el juzgado a su cargo, por la cual hacía insertar en los registros y en las estadísticas información falsa en cuanto a la cantidad de sentencias dictadas, efectuándose a tal fin una doble registración de expedientes. Se trataba de una práctica, que se extendió durante años, con el deliberado propósito de presentar un panorama del Juzgado distinto del real, en particular en materia de sentencias pendientes de dictado, con el fin de disimular una excesiva morosidad.”
A lo largo de la sentencia, los miembros del jury hicieron referencia a las varias advertencias que la Cámara Laboral le hizo en su momento a la ex magistrada, pero las mismas, según consta, nunca fueron tenidas en cuenta por Torres Nieto, ya que desde el Jury se afirmó que a pesar de los reiterados llamados de atención la magistrada nunca resolvió esa situación.
En relación a la defensa realizada por la magistrada, justificando sus actos en un supuesto colapso en el que se hallaba su juzgado por la cantidad de expedientes, los integrantes del jurado remarcaron que se pudo haber justificado la morosidad, pero “no falsear datos”.
“La magistrada atribuye la inclusión de expedientes no fallados en los listados de sentencias y en el libro de registro respectivo a que “muchos de ellos (en referencia a los proyectos de sentencia que se estaban redactando), con buena voluntad, se pensaba que se iban a terminar”...Este argumento no puede ser atendido debido a que la doctora Torres Nieto conoce que sólo deben registrarse las sentencias dictadas, es decir, las que contienen lugar, fecha y la firma del juez ...”, se señala en otro considerando de la sentencia.
En la votación, que arrojó un 6 a 1 por la remoción, el único voto en disidencia fue el del camarista en lo laboral Horacio Billoch Caride, quien había sido recusado por la acusación al inicio del juicio, ya que consideraba que siendo parte de la Cámara que solicitó el juicio político no podía integrar el tribunal.
De esta forma Torres Nieto se convirtió en el tercer magistrado en ser removido por el Jury. Los anteriores fueron el juez federal de Mendoza, Luis Leiva, y el de Santa Fe, Víctor Brusa.