07 de May de 2024
Edición 6959 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 08/05/2024

Demasiado Tequila

La Cámara Federal confirmó el procesamiento sin prisión preventiva del ex presidente del BCRA Roque Fernández y de pedro Pou por el otorgamiento de un préstamo de 2 millones de pesos al Banco Basel un día antes de su suspensión. FALLO COMPLETO.

 
La Cámara Federal porteña confirmó parcialmente hoy el procesamiento sin prisión preventiva del ex presidente del Banco Central (BCRA) Roque Fernández, y del ex vicepresidente de la entidad Pedro Pou por el delito de administración infiel en perjuicio de una administración pública, a raíz del otorgamiento de un préstamo de 2 millones de pesos al desaparecido Banco Basel un día antes de su caída.

La Sala Segunda del tribunal confirmó así un fallo de la jueza federal María Servini de Cubría pero decretó la nulidad de los embargos por 5.5 millones de pesos trabados por la magistrada a cada uno de los funcionarios procesados, por lo que ordenó fijarlos nuevamente.

Según lo confirmado por la Cámara la entidad crediticia oficial otorgó ese préstamo cuando los informes de la Gerencia de Estudios y Dictámenes Jurídicos del Banco habían aconsejado no hacerlo ya que se habían detectado síntomas de insolvencia y de una inminente caída.

Asimismo, la Cámara sostuvo que el BCRA otorgó ese préstamo en los primeros días de febrero de 1995 –cuando arreciaban en el mercado local las consecuencias del llamado “Efecto Tequila” mexicano—“sin la correspondiente garantía”, debido a que las autoridades del Basel habían ofrecido para ello el boleto de compraventa del edificio ubicado en Hornos 690, donde funcionó el diario la Razón, del que todavía restaban pagarse más de cinco millones de pesos, fondos que el banco no tenía.

Además de Fernández y Pou, el tribunal confirmó el procesamiento, por el mismo delito de los ex funcionarios del central Hector Biondo, Isaac Pendás y Guillermo Lesniwier. Los camaristas recordaron que el 24 de enero de ese año se había realizado una inspección en el Basel y se había decidido su suspensión, por lo que “los imputados contaban con suficiente información para extremar los recaudos al momento de otorgar asistencia financiera” al banco. En tal sentido, sostuvieron que esa asistencia fue concedida cuando “la información recibida tornaba desaconsejable el otorgamiento de más fondos”.

“No hay discusión alguna con respecto a que el adelanto analizado ha sido otorgado a una entidad insolvente”, sentenciaron a la vez que advirtieron que la norma que entra en juego en el caso en estudio no es “no otorgarás asistencia financiera a una entidad insolvente en el fin de ocasionar un lucro a un tercero” sino “no otorgarás fondos estatales de Asistencia sin ninguna garantía idónea con el fin mencionado”.

Descargue el texto completo del fallo

Todos los documentos están compactados en formato zip.
Si no tiene instalado ningún descompresor en su máquina, puede obtenerlo haciendo click en el link correspondiente.
- Descompresor para Windows 3.X, 95, 98, NT, 2000.
- Descompresor para Linux / Unix.

Si encuentra alguna dificultad o necesita ayuda escríbanos a info@diariojudicial.com.



dju / dju
Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486