31 de May de 2024
Edición 6978 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/06/2024

El "reto" de la historia

DiarioJudicial.com publica hoy el fallo completo de la Justicia Penal, Contravencional y de Faltas de la Capital Federal que ordenó a dos skinheads realizar trabajos comunitarios en un comedor y en el Museo del Holocausto por haber difundido propaganda discriminatoria. FALLO COMPLETO

 

Javier Bujan, titular del juzgado penal, contravencional y de faltas Nº 7 de la Capital Federal decidió que dos skinheads realicen trabajos comunitarios en un comedor y trabajen en el Museo del Holocausto por haber difundido propaganda discriminatoria por haber pintado esvásticas frente a una sinagoga en el barrio de Once.

Se trata de la causa, “F.Z.T. y otros s/infr. art(s) 3, Organización / Propaganda Discriminatoria – LN 23.592 (Penalización de actos discriminatorios)”, en la que se solicitó la suspensión del juicio a prueba, con la realización de 150 horas de trabajo comunitario.

El magistrado atendió el pedido de la defensa ya que, además de no tener antecedentes, “la pena en expectativa permitiría la condena condicional atendiendo a la escala punitiva prevista en la ley 23.592”.

En este sentido, y basándose en el pedido del Ministerio Público, decidió otorgar la probation por un total de 100 horas de trabajo en el Comedor “Madres de Constitución” de la Capital Federal (dos veces por semana tres horas) y la realización de trabajos no remunerados en el Museo del Holocausto- Fundación memoria de la Shoa por cincuenta horas en donde además deberán participar de acciones pedagógicas y culturales.

Esas actividades, a criterio del juez, les permitirán adquirir “directo conocimiento de las horrendas circunstancias y victimas del holocausto del pueblo judío en la Alemania Nazi”.

En la causa se secuestró una computadora a uno de los imputados. La misma no será devuelta hasta tanto “se extinga la acción penal en esta causa en el cumplimiento de las reglas y el vencimiento del plazo”.

El cumplimento del fallo, fechado el pasado 10 de marzo, deberá ser controlado por la secretaria judicial de seguimiento y ejecución de sanciones dependiente del Consejo de la Magistratura de la Ciudad.

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dju / dju
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