31 de Octubre de 2024
Edición 7082 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 01/11/2024

Los jueces subrogantes con las horas contadas

La Corte Suprema declaró inconstitucional el sistema de jueces interinos, pese a la opinión del procurador Righi, que se mostró a favor en su dictamen. Mientras tanto, una prestigiosa ONG salió a cuestionar muy duro el sistema. Dijo que pone en peligro la independencia de los magistrados y la validez de sus sentencias.

 
Pese al respaldo que expresó en su dictamen el procurador general de la Nación, Esteban Righi, la Corte se apresta a firmar una resolución y dictar la inconstitucionalidad del sistema de jueces subrogantes, que actualmente involucra a un cuarto de los magistrados.

La medida de la Corte implicaría establecer un plazo para que el Congreso y el Consejo de la Magistratura corrijan el mecanismo de designación.

Mientras tanto, la Fundación Poder Ciudadano salió a cuestionar duramente el sistema. Lo hizo al dar a conocer los resultados de un informe elaborado por el Área “Acción por la Justicia”, que hace hincapié en la vulnerabilidad de la figura de los subrogantes, las excesivas demoras en el nombramiento de jueces, que, a su vez, alimentan la designación de estos jueces provisionales, y la validez de sus sentencias.

El trabajo asegura que “nos encontramos frente a una práctica que ha conducido al incremento injustificado de jueces subrogantes”. Actualmente, de los 874 jueces que integran el Poder Judicial unos 200 está en esa situación, es decir, un 23 por ciento.

Según el informe, el “abuso” del sistema implica “una serie de riesgos”. Entre otras cosas, se señala que el juez subrogante “no goza de inamovilidad como los jueces constitucionalmente designados”, ni de la intangibilidad en sus remuneraciones. Y conforme a la Resolución 122/05, se les aplica un régimen disciplinario y de remoción diferencial al de los magistrados definitivos.

“Es legítimo que tanto los justiciables como los ciudadanos nos preguntemos si un juez que no goza de inamovilidad podrá actuar con absoluta independencia del poder político”, reflexiona el trabajo, que no se olvida del sistema de designación para los subrogantes prolongados (aquellos que sobrepasan los 60 días). “No se respeta el sistema de pesos y contrapesos que contempla la Constitución, diseñado para reducir la discrecionalidad a su mínima expresión y garantizar la independencia del Poder Judicial”, se afirma.

Pero tampoco se cumplen con los tiempos que prevé el decreto 588/03. Ello es: 45 días para la selección de un juez de entre los candidatos ternados (seleccionados por el Consejo de la Magistratura), y dos meses más para que el Poder Ejecutivo remita el pliego al Senado. En la actualidad, según el informe de Poder Ciudadano, el Consejo de la Magistratura está tardando entre 7 y 10 meses para remitir las ternas al Poder Ejecutivo Nacional, que, a su vez, demora 11 meses en seleccionar un candidato de los tres ternados.

“Los tres órganos que intervienen en el procedimiento de selección de los jueces deben asumir con compromiso su función y cumplir los deberes que la Constitución les ha encomendado”, concluye el trabajo de la ONG. “Sólo de este modo agrega- se evitarán los conflictos como el que hoy tiene la Corte Suprema y los ciudadanos y ciudadanas argentinos gozaremos de un sistema de designación y remoción de jueces “respetuoso de los frenos y contrapesos que guiaron al constituyente”.

dju / dju
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