España avanza con un proyecto de Ley Orgánica de protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Desde el Gobierno señalaron que “la normativa actual, de 1982, es buena pero ha quedado obsoleta en algunos aspectos”, por lo que conviene adaptarla “a la realidad actual del ecosistema mediático y de información” del país. El texto incluye la posibilidad de compartir imágenes personales o familiares en las redes sociales lo que “no supone una libertad absoluta para utilizarlas en otro contexto”. Detallaron que la norma refuerza la protección de los menores y se establece en los 16 años la edad a la que pueden prestar su consentimiento para facilitar su propia imagen, en línea con el proyecto de ley de protección en el entorno digital que está en tramitación parlamentaria. En cualquier caso, ese consentimiento no implica que pueda producirse una intromisión y, además, se debe compatibilizar con que no exista una injerencia en el derecho al honor del menor. La norma regula también el consentimiento de las personas con discapacidad, que contarán con los apoyos legales establecidos en el Código Civil o con la intervención del Ministerio Fiscal. En el caso de los fallecidos, se amplían las personas que pueden ejercer el derecho en su nombre, incluyendo a las parejas de hecho y las relaciones análogas. Además, las personas podrán prohibir en su testamento el uso de su voz o de su imagen con fines comerciales o publicitarios. En relación con la Inteligencia Artificial, el anteproyecto considera ilegítimo emplear la voz o la imagen de una persona con fines comerciales o publicitarios sin su autorización. A su vez, protege la libertad de expresión al permitir esa utilización en el caso de las personas con proyección pública, en un contexto creativo, satírico o de ficción y haciendo constar el uso de esa tecnología, según informaron.