12 de Diciembre de 2025
Edición 7354 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 15/12/2025

San Luis quiere modernizar los procesos judiciales

Ingresaron a la Legislatura provincial dos proyectos para modificar la Ley de Amparo y modernizar y unificar las notificaciones judiciales en los tribunales locales. Qué dicen las iniciativas.

San Luis impulsa dos nuevos proyectos para reformar el Poder Judicial: uno para la modificación de la Ley de Amparo y, otro, para modernizar y unificar las notificaciones judiciales en la provincia.

El primer texto, impulsado por el Ejecutivo provincial, prevé modificaciones en la actual Ley de Amparo. No se podrá elegir libremente el juez para realizar una presentación, sino que recaerá en el juzgado que corresponda, según el turno o sorteo.

Será competente el juez de primera instancia del lugar donde el acto u omisión produce efecto, con competencia civil, comercial, ambiental o laboral, según la materia, y sin posibilidad de elegir libremente el juez. Además, establece que, si el amparo es contra el Estado provincial, interviene un juez de primera instancia de la Primera Circunscripción por turno o sorteo.

Por otra parte, se ampliará de 3 a 5 días hábiles el plazo para que la parte demandada presente el informe del Art. 7, equiparándolo a una contestación de demanda y mejorando el ejercicio del derecho de defensa, sin afectar de modo relevante la celeridad propia del amparo.

La segunda iniciativa, por su parte, establece como regla el domicilio procesal electrónico -correo del Poder Judicial del abogado- y regula la notificación electrónica automatizada para la mayoría de las resoluciones. 

 

Según explicaron, el nuevo sistema elimina los cinco días hábiles promedio que hoy pueden mediar entre la resolución y su notificación efectiva, al tiempo que "suprime miles de operaciones manuales y asegura plena trazabilidad mediante un registro técnico de envío".

 

También reserva la notificación al domicilio real para actos más sensibles -demanda, citaciones personales, rebeldía, entre otros- y adapta los Códigos Procesales y la Ley Orgánica a la lógica del expediente electrónico, con funciones específicas para el personal judicial y una entrada en vigencia efectiva cuando el Superior Tribunal de Justicia disponga que el sistema informático está operativo.

Actualmente, el régimen procesal vigente determina que, una vez dictada una resolución, el envío de la notificación electrónica pueda demorar hasta cinco días hábiles o más. Según explicaron, el nuevo sistema elimina los cinco días hábiles promedio que hoy pueden mediar entre la resolución y su notificación efectiva, al tiempo que "suprime miles de operaciones manuales y asegura plena trazabilidad mediante un registro técnico de envío".



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