El Juzgado N.º 4 en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo de la jueza Rocío López Di Muro, hizo lugar al pedido formulado por el Ministerio Público Fiscal y la ONG “Callejeros Casa Quiere Asociación Civil” para autorizar la castración de “Chuchu”, una perra dachshund utilizada como hembra reproductora, rescatada durante un allanamiento.
El animal fue entregado a la organización en carácter de depositario judicial. Según surge del expediente, la can presenta “comportamiento de monta frente a otras hembras, lamido constante de la vulva, lesiones por lamido, mamas enrojecidas y signos de alteraciones hormonales”. Los veterinarios advirtieron que el cuadro podría derivar en una piómetra y recomendaron una “castración urgente”, junto con la limpieza dental por el avanzado estado de sus piezas.
La magistrada destacó que “los animales rescatados en las actuaciones deben ser concebidos como sujetos de derecho no humanos y, por tanto, dignos de una protección amplia”, descartando su consideración como “cosas o bienes secuestrados” en el proceso penal.
En esa línea, señaló que “para restablecer o efectivizar dichos derechos se requiere la intervención de los seres humanos, y es allí donde los operadores judiciales debemos actuar como garantes de la dignidad y el bienestar de los sujetos no humanos que conviven en el ecosistema, ampliando la aplicación del derecho para atender las necesidades de los animales en situaciones de vulnerabilidad”.
Finalmente, la sentenciante porteña resolvió que, dado que “el ser sintiente fue entregado en carácter de depositario judicial a la organización animalista, que además se constituyó como querellante y solicitó la autorización, será dicha organización la encargada de materializar la castración, la cual deberá realizarse mediante un profesional veterinario autorizado.
López Di Muro sostuvo que tuvo especialmente en cuenta las conclusiones de los veterinarios intervinientes, como también de la Dirección General de Canes y Felinos Domésticos del GCABA, quienes concluyeron que la falta de intervención podría poner en riesgo la salud e incluso la vida del animal.
Finalmente, la sentenciante porteña resolvió que, dado que “el ser sintiente fue entregado en carácter de depositario judicial a la organización animalista, que además se constituyó como querellante y solicitó la autorización, será dicha organización la encargada de materializar la castración, la cual deberá realizarse mediante un profesional veterinario autorizado.