12 de Diciembre de 2025
Edición 7354 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 15/12/2025

El correo funciona

Tras comprobar que el servicio no se interrumpió, se rechazó la demanda de un grupo de habitantes de Corcovado y zonas aledañas contra el cierre de la única sucursal del Correo Argentino.

El Juzgado Federal de Esquel rechazó la demanda presentada por un grupo de vecinos que se oponía el cierre de la única sucursal del Correo Argentino en Corcovado, provincia de Chubut.

La demanda, impulsada bajo el amparo de la Ley de Defensa del Consumidor, buscaba representar colectivamente a los usuarios afectados en Corcovado, Carrenleufú, Cerro Centinela, Corcovado Sur y Mallín Grande. 

 

El magistrado avaló la posición de la empresa al considerar que el nuevo modelo de operación garantiza la continuidad y el cumplimiento de las regulaciones postales. Además, resaltó que ciertos servicios financieros citados por los demandantes, como giros postales, quedaron en desuso gracias al avance de opciones digitales y electrónicas.

 

Los ciudadanos argumentaron que, desde abril de 2024, el cese de operaciones en la sucursal los forzaba a recorrer más de 70 kilómetros hasta Trevelin o Esquel para gestionar envíos, trámites o recepciones, lo que interrumpía un servicio público clave. 

Tras analizar el expediente, el juez Guido Otranto ponderó que el servicio se mantuvo gracias a una franquicia para una Unidad Postal Comercial en la zona que cubre operaciones básicas.

Además, otros tipos de envíos –como cartas certificadas, documentos, telegramas, paquetes de alta seguridad (incluyendo tarjetas de crédito y pasaportes) y operativos especiales en educación o salud– se distribuyen a domicilio tres veces por semana mediante un transporte propio que abarca Corcovado y las localidades vecinas.

El magistrado avaló la posición de la empresa al considerar que el nuevo modelo de operación garantiza la continuidad y el cumplimiento de las regulaciones postales. Además, resaltó que ciertos servicios financieros citados por los demandantes, como giros postales, quedaron en desuso gracias al avance de opciones digitales y electrónicas.

“La interrupción de los servicios postales como hecho común que se examinó y sobre el que se asentó la pretensión colectiva de los accionantes, ha devenido en una mera afirmación que solo se sostiene en su postulación, porque ha sido desvirtuada por las pruebas rendidas y analizadas en la causa”, aseguró el fallo.

“En efecto, y dada la imposibilidad de ordenar el reestablecimiento de las prestaciones de un servicio público postal cuya continuidad y regularidad no fueron interrumpidas ni discontinuadas, la pretensión principal será rechazada”, concluyó el magistrado. 

Documento relacionado:

Aparecen en esta nota:
Correo Argentino Corcovado Chubut

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2025 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486