03 de Diciembre de 2025
Edición 7348 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 04/12/2025

Entre árbitros y abogados

Con la creación del Comité de Arbitraje, el CPACF busca consolidar y poner en marcha el método alternativo de resolución de conflictos. Habrá dos tipos de modalidades y las partes pueden pactar lo que deseen.

El Colegio Público de la Abogacía de la Capital Federal (CPACF) pondrá en marcha el proceso arbitral, luego de haberse conformado el Comité de Arbitraje de la institución.

En ese marco, el presidente del CPACF, Ricardo Gil Lavedra, mantuvo un encuentro con los integrantes del primer Comité que funcionará en la entidad. Aida Kemelmajer de Carlucci, Liuba Lencova Besheva y María Inés Sosa, junto a Máximo Bomchil, Roque Caivano, Leandro J. Caputo y Santiago García Mira, fueron convocados para integrar el cuerpo durante un primer período de cuatro años.

Según se informó, todos los integrantes cuentan con más de quince años de antigüedad como matriculados y no registran sanciones disciplinarias en la institución. “Quiero decirles que tenemos un compromiso institucional muy fuerte de llevar adelante un sistema de arbitraje de primer nivel, y estamos orgullosos que esta iniciativa cuente con la aprobación unánime del Consejo Directivo”, subrayó Gil Lavedra.

Asimismo, el titular del CPACF destacó: “Hemos tratado de privilegiar la autonomía de la voluntad, es decir, un arbitraje libérrimo. Más allá de que habrá listas de árbitros para los dos tipos de arbitraje —general y simplificado—, las partes pueden pactar lo que deseen: elegir los árbitros, el procedimiento y las reglas que consideren adecuadas”.

 

Tiempo atrás, se promovió la elaboración de un nuevo “Reglamento de Arbitraje Institucional”, que fue desarrollado por una comisión asesora presidida por Marcelo Gebhardt, con la participación de destacados especialistas y académicos en la materia.

 

“El Comité de Arbitraje constituye el órgano de máxima autoridad del Sistema, y su autonomía funcional le asegura independencia técnica y control institucional”, agregó el presidente tras la reunión de trabajo.

El arbitraje es un método alternativo de resolución de conflictos de “creciente relevancia tanto a nivel nacional como internacional, caracterizado por su flexibilidad y eficiencia, además de garantizar a las partes autonomía en la elección de las reglas de procedimiento y de los árbitros”.

Tiempo atrás, se promovió la elaboración de un nuevo “Reglamento de Arbitraje Institucional”, que fue desarrollado por una comisión asesora presidida por Marcelo Gebhardt, con la participación de destacados especialistas y académicos en la materia. "Que en el lapso transcurrido desde la última reforma del Reglamento del Tribunal Arbitral del Colegio Público de Abogados de la Capital Federal que tuvo lugar el 25 de marzo de 2021, no se han verificado actividades significativas en el ámbito arbitral de este Colegio, en manifiesto contraste con lo que acontece en otras instituciones que brindan espacios para el desarrollo de arbitrajes, con una mirada cada vez más auspiciosa sobre este método de resolución de conflictos. Que voces autorizadas de matriculados y matriculadas han señalado que parte de la reglamentación vigente alberga dudas sobre la eficacia del sistema procesal contenido en el aludido reglamento, lo que ameritaría su revisión”, según se desprende de la resolución que dio origen a la creación de dicha comisión.

El proyecto definitivo incorporó diversas observaciones, entre ellas la creación del Comité de Arbitraje; la implementación de dos modalidades —arbitraje general y arbitraje simplificado—; la inclusión expresa de una instancia de conciliación voluntaria en cualquier etapa del procedimiento arbitral; la supresión de inhabilidades excesivas respecto del Coordinador General; y la morigeración de los requisitos previstos para integrar la nómina de árbitros del arbitraje simplificado, entre otras cuestiones.



Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2025 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486