Tras su salida de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Juan Carlos Maqueda brindó una entrevista donde aseguró que la notificación de que no le renovarían el mandato fue “de muy mal gusto” y una “descortesía”.
En declaraciones a A24, el ex juez aseguró que no tuvo tiempo para pensar en otro mandato, ya que "me avisaron en marzo de 2024 y yo cumplía años en noviembre, así que fue un tiempo suficiente para madurarlo. Ahora, esto nunca antes había pasado en la historia Argentina. Yo sentí el cimbrón”.
“El ejercicio del poder en la presidencia de Milei hiere la democracia y algunos principios básicos, como la libertad de expresión. O la independencia de poderes, cuando opina de fallos judiciales y se entromete en lo que es el ámbito específico de un poder del Estado que le está absolutamente vedado por la Constitución Nacional", remarcó Maqueda.
Maqueda aseguró que su salida fue una decisión del presidente de la Nación, Javier Milei: “El ministro de Justicia, a quien yo he tratado y le tengo reconocimiento, dijo que no era una decisión de él, sino del Presidente, tal como lo establece la Constitución. No creo que él haya estado en este tema”.
“Esto lo atribuyo a desconocimiento porque no me conocía. El único conocimiento fue que, el día que asumió, me dio la mano como a todos los jueces. Somos generaciones distintas y no tenemos ningún tipo de relación. No le diría nada de esta decisión, solo le deseo suerte porque esta situación es difícil”, agregó el ex cortesano al respecto.
El magistrado aseguró que “en el ámbito del presidente Milei hay un destrato hacia todo lo que tiene que ver con el sistema democrático, empezando por los métodos. La falta de diálogo político lleva a la falta de acuerdos políticos. Le diría que vuelva y se va a encontrar con gente que no se hubiera imaginado y que se acostumbre a la costumbre democrática”
Para Maqueda, Milei "degrada la figura presidencial. Usa una terminología chabacana que a veces hiere muchísimo y que es más propia de barrabravas o de matones”.
“El ejercicio del poder en la presidencia de Milei hiere la democracia y algunos principios básicos, como la libertad de expresión. O la independencia de poderes, cuando opina de fallos judiciales y se entromete en lo que es el ámbito específico de un poder del Estado que le está absolutamente vedado por la Constitución Nacional", remarcó Maqueda.
Finalmente, consultado sobre su paso por la Corte, el ex ministro detalló: “Yo tuve el perfil de los jueces que hablan con sus sentencias, es decir, bajo. Me alejé hasta del ámbito académico: estuve los 22 años dedicado a la Corte. Decirte que no extraño y que sí sería mentirte”.
"Es un trabajo muy arduo que exige dedicación full life y uno no se imagina haciendo otra cosa, pero, por otro lado, desde que supe que no podía presentarme para renovarme el mandato de acuerdo a la Constitución, porque me notificaron públicamente que cuando cumpliera 75 años me tenía que retirar, yo ya me fui haciendo la idea. No me costó para nada“.
Archivaron la causa por la Obra Social del Poder Judicial
El juez Ariel Lijo archivó la denuncia por presuntas irregularidades en la Obra Social del Poder Judicial de la Nación (OSPJN). La denuncia —iniciada por SITRAJU y luego respaldada por los fiscales Stornelli y Marijuán— sostenía que la OSPJN habría contratado firmas fantasma, gestionado transferencias millonarias al fondo anticíclico y montado un esquema VIP para ciertos afiliados.
En el centro se ubicaban el médico Aldo Tonón (director), los directores Mariano Althabe y Cora Borensztejn, y, en plano institucional, los ministros Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Juan Carlos Maqueda, a quien se atribuía el impulso político de las decisiones cuestionadas.
Al archivar el expediente, el juez Ariel Lijo concluyó: “no se ha corroborado conducta alguna penalmente relevante que permita avanzar en el proceso… la lectura de los informes y de las Acordadas del Máximo Tribunal no revela hasta el momento algún indicio de ilicitud que justifique avanzar”. Con la prueba ya agotada —añadió— resultaba innecesario “prever la incorporación de nuevas pruebas” y correspondía aplicar el art. 195 CPPN.
Además destacó que las reformas aprobadas por mayoría de la Corte “no parecen haber sido extralegales, arbitrarias o desproporcionadas” y que las objeciones del voto en disidencia de Ricardo Lorenzetti configuraban “una válida discrepancia interna, sin reflejo penal”.