03 de Diciembre de 2025
Edición 7348 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 04/12/2025

Reconocimiento facial con sustento legal

Un proyecto de ley que recibió aportes de los ciudadanos, busca dar un marco integral a uso de esta tecnologías. Prohibiciones, derechos, responsabilidades, garantías y principios. Los detalles.

( Michael Külbel| vecteezy.com)
Por:
Sebastián
Onocko
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A través del portal de leyes abiertas, plataforma que permite al Congreso de la Nación compartir proyectos de ley y propuestas para que los ciudadanos puedan hacer aportes que enriquezcan la redacción, se presentó a discusión un proyecto del diputado Martín Ivan Yeza (Juntos), que busca regular el “uso de tecnologías de reconocimiento facial”.

Según el borrador del proyecto, el objeto de la ley es “establecer los principios y garantías fundamentales para el desarrollo, implementación, uso y gestión de las tecnologías de reconocimiento facial en el territorio nacional, con el fin de proteger los derechos fundamentales de las personas”.

El mismo, entiende al reconocimiento facial como la “tecnología que permite la identificación o verificación automática de la identidad de una persona mediante el análisis de sus rasgos faciales distintivos”.

La propuesta, busca aplicarse a entidades públicas nacionales, entidades privadas que desarrollen o comercialicen esta tecnología, así como para las provincias (o CABA) que se adhieran.

Entre los principios rectores, aparecen el de legalidad, proporcionalidad, necesidad, transparencia, no discriminación, responsabilidad y supervisión independiente.

 

Se prevé la limitación de propósitos para su uso, como, por ejemplo, la prevención e investigación de delitos, la identificación de personas con órdenes de detención pendientes, la búsqueda de personas desaparecidas o la seguridad de infraestructuras críticas, vedándose su uso para otros fines, como la vigilancia masiva indiscriminada, el seguimiento rutinario de personas no sospechosas de delitos o la creación de perfiles basados en características protegidas

 

Se prevé que su uso requiera de una autorización previa, donde se haga una evaluación de impacto de derechos humanos y protección de datos personales.

También se prevé la limitación de propósitos para su uso, como, por ejemplo, la prevención e investigación de delitos, la identificación de personas con órdenes de detención pendientes, la búsqueda de personas desaparecidas o la seguridad de infraestructuras críticas, vedándose su uso para otros fines, como la vigilancia masiva indiscriminada, el seguimiento rutinario de personas no sospechosas de delitos o la creación de perfiles basados en características protegidas.

Se prevé la intervención humana en la toma de decisiones que afecten derechos, así como el control judicial, el uso de tecnología blockchain, la protección de datos biométricos, los mecanismos de supervisión y control y hasta las infracciones y sanciones.

Finalmente, se agrega que los ciudadanos tendrán derecho a la información sobre la existencia del sistema, de acceso a sus datos biométricos registrados, a la rectificación, a la supresión, a impugnar decisiones basadas en reconocimiento facial e inclusive el derecho a indemnización de daños causados por identificaciones erróneas o usos indebidos.

Entre los fundamentos, el diputado señala, la necesidad de regular estas herramientas en el contexto actual, ante la implementación fragmentada en distintas jurisdicciones del país, sin que exista un marco integral, por el avance de la tecnología y por las tendencias internacionales, para lo cual cita el caso de varios países.

La propuesta tras finalizar el período de aportes el pasado 18 de junio, ha recibido 15 propuestas, por lo cual se espera su pronta readecuación y presentación oficial para su eventual discusión en el Congreso.
 

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