A través del Decreto de Necesidad y Urgencia 340/2025, el Gobierno Nacional fijó limitaciones al derecho a huelga y amplió el listado de las actividades que se consideran esenciales.
El DNU, que aprueba el Régimen de Excepción de la Marina Mercante Nacional, fue publicado este miércoles en el Boletín Oficial, está firmado por el presidente Javier Milei y los ministros Gerardo Werthein, Luis Petri, Luis Caputo, Mariano Cúneo Libarona, Patricia Bullrich, Mario Lugones, Sandra Pettovello y Federico Sturzenegger.
El DNU amplía considerablemente el listado de servicios considerados esenciales. A diferencia de lo que regía hasta ahora, se agregaron los servicios de salud, transporte, educación y las telecomunicaciones.
Allí se especifica que "los conflictos colectivos que pudieren afectar la normal prestación de servicios esenciales o actividades de importancia trascendental quedan sujetos a las siguientes garantías de prestación de servicios mínimos”.
“En lo que respecta a la prestación de servicios mínimos, en el caso de los servicios esenciales, en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 75% de la prestación normal del servicio de que se tratare", se agregó.
En el caso de las actividades o servicios de importancia trascendental, “en ningún caso se podrá negociar o imponer a las partes una cobertura menor al 50%”.
El DNU amplía considerablemente el listado de servicios considerados esenciales. A diferencia de lo que regía hasta ahora, se agregaron los servicios de salud, transporte, educación y las telecomunicaciones.
Concretamente, los servicios esenciales son: sanitarios y hospitalarios, el transporte y distribución de medicamentos e insumos hospitalarios, los servicios farmacéuticos, la producción, transporte, distribución y comercialización de agua potable, gas, otros combustibles y energía eléctrica.
También los servicios de telecomunicaciones, incluidos internet y comunicaciones satelitales, la aeronáutica comercial y el control del tráfico aéreo y portuario, incluyendo balizamiento, dragado, amarre, estiba, desestiba, remolque de buques y demás servicios portuarios.
Finalmente, los servicios aduaneros y migratorios, y otros vinculados al comercio exterior, el cuidado de menores y la educación en los niveles de guardería, preescolar, primaria, secundaria y educación especial, y el transporte marítimo y fluvial de personas, mercaderías y carga, junto a los servicios conexos y operaciones costa afuera.