19 de Junio de 2025
Edición 7235 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/06/2025

La UIF ya no querella

Por considerar, entre otras, que se superpone con la labor del Ministerio Público Fiscal, el gobierno decidió que la UIF ya no podrá ser querellante en casos de corrupción y lavado de activos.

A través de un Decreto publicado en el Boletín Oficial, el gobierno decidió que la Unidad de Información Financiera (UIF) ya no podrá ser querellante en casos de corrupción y lavado de activos.

El Decreto, firmado por presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, y el ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona argumentó que "corresponde regular las condiciones para que la UIF delimite el alcance de las obligaciones que recaerán sobre los sujetos obligados conforme un enfoque basado en riesgo, eficiente y eficaz, que contemple las distintas capacidades técnicas de los referidos sujetos y sus recursos".

 

La medida también faculta a la UIF la facultad a intercambiar información con otros organismos cuando considere “que la información puede permitir a las autoridades receptoras enfocarse en casos o resultar relevante en la materia de lavado de activos, de financiación del terrorismo o de financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva”.

 

El texto de la medida sostiene que “la UIF establecerá, en cada caso, de acuerdo con los parámetros establecidos en el artículo 24 de la presente ley, las obligaciones dinerarias y no dinerarias a cumplir y su plazo de cumplimiento. La prescripción de la acción prevista en el artículo 24 bis de la presente ley quedará suspendida desde el momento en que se acceda al régimen y por el plazo de cumplimiento fijado”.

"Si durante el plazo fijado por la UIF la persona que se acoge al presente régimen no comete un nuevo incumplimiento al artículo 21 de la presente ley, repara los daños en la medida establecida y cumple con las demás obligaciones que se le impongan, se extinguirá la acción para aplicar las sanciones previstas en el presente capítulo para el supuesto del incumplimiento investigado”, agrega al respecto.

"La reestructuración organizativa y las modificaciones de competencias que se propician por la presente medida permitirán alcanzar la máxima eficacia y eficiencia en la gestión técnica de los medios con los que cuenta el Estado Nacional para garantizar la seguridad de los ciudadanos”.

El gobierno aseguró que la facultad de la UIF para querellar se superponía con el rol del MPF, por lo que "resulta necesario reducir la superposición de funciones entre los entes, garantizar una mayor coordinación en las políticas de administración de los recursos públicos y promover una gestión más ágil y centralizada”.

La medida también faculta a la UIF la facultad a intercambiar información con otros organismos cuando considere “que la información puede permitir a las autoridades receptoras enfocarse en casos o resultar relevante en la materia de lavado de activos, de financiación del terrorismo o de financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva”.

La UIF ya contaba con la posibilidad de manejar información, pero ahora también se le agregó la opción de ser utilizada para “su análisis estratégico para identificar las tendencias y patrones relacionados con el lavado de activos, financiamiento del terrorismo y financiamiento de la proliferación de armas de destrucción masiva”.

 


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
En el marco del "Régimen de Regularización de Activos"
Abogados y reporteros

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2025 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486