07 de May de 2024
Edición 6959 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 08/05/2024

Formularios inclusivos

El Consejo de la Magistratura de la Nación adaptará todos sus formularios al contenido de las leyes de Matrimonio Igualitario  y de Identidad de Género. Buscan modificar "campos y opciones léxicas que: puedan interpretarse como discriminatorias"

El Consejo de la Magistratura de la Nación dirá adiós a los antiguos formularios y los adaptará a las leyes de Matrimonio Igualitario y de Identidad de Género. Esta decisión fue avalada por el plenario del Consejo de la Magistratura de la Nación y oficializada en el Boletín Oficial, mediante la resolución 265/19

Los cambios se dieron a partir de la presentación efectuada por la Comunidad Homosexual Argentina (CHA), mediante la cual solicitaron adaptar los diferentes formularios para que se adecuen de conformidad con las disposiciones de la ley de Matrimonio Igualitario (26.618) y con la ley de Identidad de Género (26.743). 

Desde el Consejo de la Magistratura consideraron que la "implementación de las leyes de igualdad que promulgan la diversidad familiar y la identidad de género, implican una revisión de los formularios disponibles que se utilizan para realizar trámites".

 

También contarán con un espacio para incorporar la autodefinición del género reemplazando la palabra “sexo” por la palabra “género”, pudiendo consignar así la identidad de género autopercibida.

 

"Resulta necesario adaptar los formularios que se utilizan en el ámbito del Consejo de la Magistratura al contenido de la nueva legislación que establecen las disposiciones de la Ley de Matrimonio Igualitario N* 26.618, que modificó oportunamente el Código Civil; y de la Ley de Identidad de Género N° 26.743", indica la resolución

El órgano modificará aquellos campos y opciones léxicas que "puedan interpretarse como discriminatorias". Se adaptarán el espacio destinado al registro de los integrantes de la familia se cuente con la posibilidad de consignarla tal cual está conformada, sin dar por supuesta una conformación de familia tipo, pudiéndose consignar “hijo/a de”, “familiares a cargo” o “integrantes de la familia”, “cónyuge” o “contrayente”.

También contarán con un espacio para incorporar la autodefinición del género reemplazando la palabra “sexo” por la palabra “género”, pudiendo consignar así la identidad de género autopercibida.



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