08 de May de 2024
Edición 6961 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 09/05/2024
Nuevo fallo de Liberatori

El lenguaje inclusivo y judicial

La Justicia porteña declaró nula la ley de gestión de residuos sólidos urbanos porteña. La sentencia cuenta con citas bibliográficas interactivas y expresiones del lenguaje inclusivo. 

La jueza Elena Liberatori, titular del Juzgado en lo CAyT N° 4, hizo lugar a la demanda de amparo contra el Gobierno de la Ciudad y la Legislatura local y, en consecuencia, declaró nula la Ley 5.966, según lo dispuesto por el artículo 90 de la Constitución local el cual establece que ningún órgano del Gobierno puede conferir excepciones al procedimiento de doble lectura y Audiencia Pública en materia ambiental.

La magistrada también declaró la inconstitucionalidad por no cumplir con las leyes de presupuestos mínimos ambientales y el principio de progresividad y de no regresividad en materia de Derechos Humanos. Además exhortó a tomar en cuenta el "principio precautorio para la evaluación de proyectos o tecnologías que pudieran generar un daño al medio ambiente y a la salud en sentido integral".

A lo largo de la sentencia, la jueza incorporó aspectos novedosos como, por ejemplo, el empleo del lenguaje inclusivo y no sexista. “Tal es el deterioro ambiental que sufrimos hoy en día que los cambios son visibles y palpables por todes les habitantes”, advirtió el fallo.

 

El texto también suma herramientas interactivas, como un índice que vincula y redirecciona a las distintas secciones de la sentencia. También incluye citas bibliográficas y jurisprudencia, las cuales que pueden ser consultadas en Internet.

 

Esta no es la primera vez que la jueza Liberatori aborda las sentencias desde el lenguaje inclusivo. Pocas semanas atrás, la magistrada empleó las palabras “niñes” y "todes" en un amparo por la falta de vacantes en los colegios porteños.

El texto también suma herramientas interactivas, como un índice que vincula y redirecciona a las distintas secciones de la sentencia. También incluye citas bibliográficas y jurisprudencia, las cuales que pueden ser consultadas en Internet.

“Nos gusta llamarla una ‘sentencia 2.0’ porque representa un cambio de paradigma en la elaboración de un fallo judicial”, dijo la magistrada en diálogo con el portal iJudicial.



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