17 de May de 2024
Edición 6968 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 20/05/2024

La guerra por las audiencias

Las entidades de usuarios y consumidores y la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires solicitaron a la justicia que frene las nuevas audiencias donde se analizará el aumento de los servicios públicos.

 
La Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires y demás entidades de usuarios y consumidores continúan su lucha por evitar que en los próximos días las empresas concesionarias de los servicios públicos logren imponer su voluntad respecto del aumento de las tarifas y de ese modo presentaron ante la justicia en lo Contencioso Administrativo federal un pedido de medida cautelar para que se dejen sin efecto las nuevas Audiencias que comenzarán el próximo 18 de noviembre.

De ese modo, los defensores de los usuarios y consumidores interpusieron hoy, sobre el filo del horario judicial, una ampliación de la acción presentada semanas atrás, en donde por un fallo de la juez Claudia Rodríguez Vidal, consiguieron frenar la primera ronda de audiencias destinadas a tratar el tema del aumento de las tarifas.

En esa oportunidad el gobierno apeló la medida de la magistrada, pero cuando el tema llegó a la Cámara de Apelaciones, el tribunal de alzada resolvió que el tema era abstracto dado que ya la fecha de las mismas había pasado.

En esta ampliación, que fue también presentada en el juzgado a cargo de Rodríguez Vidal, se pide a la justicia que se declare “la nulidad e inconstitucionalidad de la resolución 487/02 del Ministerio de Economía, de las resoluciones del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE) y de la informal convocatoria a audiencia pública aparecida en diarios de circulación nacional, que habría sido convocada por el Ente Nacional de Regulación del Gas – ENARGAS para permitir el aumento tarifario de los servicios públicos”.

Para los demandantes, con estas nuevas convocatorias, que comenzarán el próximo 18 de noviembre en donde se debatirá las tarifas la suba de tarifas de gas, “se está buscando consumar un aumento sin renegociación del contrato”

Para los defensores de los usuarios se puede apreciar, durante el tiempo transcurrido desde el dictado de la medida cautelar hasta ahora, que “en vez de activar la renegociación, el Ministerio de Economía se dedicó a tratar de buscar un atajo, con apariencia de juridicidad”.

Además, expresaron que se intenta buscar "una vuelta" para “burlar el control judicial y los mandatos del Congreso Nacional y el desvío antijurídico de poder con el agregado de una burla a la medida cautelar dictada en autos y consentida por las mismas empresas que aparentan impulsar el aumento tarifario planteado inicialmente por el estado”.

“La resolución 487/02 del Ministerio de Economía es nula de nulidad absoluta, contraria al principio constitucional de jerarquía de las normas y fue dictada sin un adecuado fundamento y con abuso y desvío de poder, por lo que solicitamos se declare su inconstitucionalidad y nulidad absoluta e insalvable”, enfatizaron los reclamantes.

Recordemos que la resolución 487/02 de la Cartera de Hacienda en su artículo número 1 dispuso exceptuar los entes nacionales reguladores de la Electricidad (ENRE) y del Gas (Energas) de las restricciones previstas en la resolucionen 38 del mismo ministerio.

Por su parte la resolución 38/02 reza en su primer artículo que “en el marco de lo establecido en los artículos 1°, 8°, 9° y 10 de la Ley N° 25.561 y el Decreto N° 293 de fecha 12 de febrero de 2002, que los Organismos Centralizados, Descentralizados y Desconcentrados de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL, incluyendo a los Organismos de Regulación y Control, alcanzados por las disposiciones anteriormente citadas, deberán abstenerse de adoptar cualquier decisión o ejecutar acciones que afecten directa o indirectamente los precios y tarifas de los servicios públicos sometidos a su ámbito de competencia, haciendo observar el cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 8° y 10 de la Ley N° 25.561.( la negrita es nuestra).

Asimismo, afirmaron que el aumento de "urgencia" dentro de la emergencia se encontraba totalmente decidido y fundaron sus dichos a raíz de que en numerosas declaraciones públicas el Ministro de Economía, Roberto Lavagna, expuso que el aumento se determinaría rápidamente luego de las audiencias.

Al respecto, expresaron que “el objeto que persigue el Ministerio se limita a implementar una revisión tarifaria, no a renegociar el contrato conforme a lo previsto en la Ley 25.651” al tiempo que aseveraron que “el vicio en la finalidad es manifiesto y queda evidenciada la desviación de poder con que obra el órgano emisor, pues sus atribuciones le han sido conferidas para llevar a cabo una renegociación integral en el ámbito de una Comisión creada por el PEN”.

Sobre el rol de ENRE, indicaron que “la sola convocatoria para considerar una revisión de tarifas propuesta por las empresas, viola claramente la orden cautelar por ellas mismas consentida. Y remarcaron que la intención del organismo regulador sólo se explica como una intentona de saltear la orden judicial impartida por la justicia.

”La convocatoria efectuada por el ENARGAS contiene un signficativo vicio, que consiste en que no se emitió un acto administrativo para esa convocatoria. En efecto, nuevamente la administración ha procedido a convocar a una audiencia pública sin acto administrativo que le dé existencia”, se explicó en la presentación.



dju / dju
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