26 de Abril de 2024
Edición 6954 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 29/04/2024

El juego online en Latinoamérica

La situación actual sobre las regulaciones de juegos de azar por Internet en diversos países de habla hispana. Argentina, México, Colombia y Perú, con avances distintos en materia legislativa y decretos gubernamentales.

 

Uno de los temas que mayor relevancia ha tomado durante los últimos años es el del juego online en cuanto a su modalidad del gambling. Si bien es cierto que su importancia ya lleva varios años en la agenda política y económica de los países de Latinoamérica, es una realidad que, en el último año y medio, con el crecimiento de los jugadores debido al encierro por la contingencia, se hizo mucho más evidente que el tópico es de gran relevancia.

Muchos países latinoamericanos se dieron cuenta de una situación: en momentos de extrema dificultad, tener perfectamente regulados los casinos online que operan en su territorio es una gran ventaja, porque estos pueden contribuir de manera directa al fisco con el pago de sus impuestos, de tal suerte que la recaudación no debe detenerse o disminuirse.

Aquí es muy importante mencionar que las regulaciones que los países tengan respecto a los casinos físicos y a los juegos de azar en esta modalidad son completamente independientes a las regulaciones online, porque para este estilo de juego relativamente nuevo, son algunas cuestiones distintas las que se revisan, por ejemplo: la seguridad, especialmente que los datos personales y bancarios estén bien protegidos.

En general hay algunos países que han tenido mayores avances, tal es el caso de México o Colombia que tienen a sus respectivos órganos reguladores, también hay algunos que han crecido mucho como Argentina, aunque en este caso en particular, la situación es un poco más enredada de lo que debería de parecer.

Lo de Argentina es un caso atípico. En el país el tema no está definido debido a la condición federal de la nación, esto quiere decir que son las provincias las encargadas de fijar su propia reglamentación, así algunas tienen el juego online regulado y los casinos online activos, otras que no tienen actividad, pero sí regulación, también hay conversaciones para definir las normas y otras tantas que no han comenzado a trabajar en el tema.

Si se trata de hablar de las que se encuentran más avanzadas en este sentido, está la provincia de Buenos Aires y la Ciudad de Buenos Aires, dos jurisdicciones que cuentan con la acreditación de licencias para los casinos online, esto se debe a que acapara el mayor número de aficionados a los juegos de azar del país. Esto se puede ver en la Resolución Nº 795-IPLYCMJGM-2020, publicada el 31 de diciembre de 2020 en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires.

Fue en marzo del 2019 cuando la provincia de Buenos Aires, autorizó el juego online, otorgándole la gestión al Instituto Provincial de Lotería y Casinos de la Provincia de Buenos Aires, y a finales de ese año, la Comisión Evaluadora concedió siete licencias de juego por un plazo de 15 años a quienes ganaron la adjudicación.

 

En cuanto al tema de los países que mejor momento viven en su regulación está México. Ese estado cuenta con la Secretaría de Gobernación a través de la Dirección General de Juegos y Sorteos, misma que está encargada de revisar y dar la Licencia Segob a los casinos online que cumplan con los requisitos necesarios.

A pesar de todo, en el 2019 el partido que está en el Poder Ejecutivo de México, pensó que hay ajustes necesarios para la Ley de Juegos y Sorteos, específicamente para los que tienen que ver con los impuestos de casas de apuestas y casinos sin importar si estos son físicos o virtuales. La ley en materia no ha sido tocada, sin embargo, se sabe que el asunto podría cambiar en el futuro, especialmente en la búsqueda de establecer nuevos esquemas para aumentar el Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS).

En estos momentos, la Dirección General de Juegos y Sorteos tiene publicado su acuerdo DOF sobre los trámites y servicios que se han reactivado entorno a la actividad en el país y su respectiva regulación.

 

En el mismo sentido, el modelo regulatorio de Colombia es uno de los que se han vuelto referentes en toda Latinoamérica, debido a que, en el 2015, Coljuegos y el Gobierno unieron esfuerzos para redactar el primer reglamento con procedimientos y estándares en cuanto al tema de la tecnología en el juego en línea, mismos que debían seguirse para obtener una licencia. Coljuegos fue creada mediante el Decreto 4142 del 3 de noviembre de 2011, como una empresa descentralizada del orden nacional y vinculada al Ministerio de Hacienda y Crédito Público en Colombia. 

A partir de entonces, a finales del 2016 se aprobó en Colombia la primera Ley sobre el juego en internet, entonces los operadores de juego online que están presentes en Colombia están facultados para ofrecer sus productos en Colombia siempre y cuando hayan obtenido la autorización o licencia de Coljuegos, además de que deben abonar el 16 por ciento de sus ganancias brutas, acorde a la mencionada ley.

Por último está Perú, uno de los territorios en los que se ha mencionado la importancia de alcanzar una regulación total, y aunque todavía no hay nada totalmente concreto, es una realidad que en territorio peruano es legal jugar en los sitios web internacionales que se han ganado un lugar a pulso en el mercado.

Documento relacionado:

Aparecen en esta nota:
juego online casinos

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486