25 de Abril de 2024
Edición 6953 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 26/04/2024
Del Poder Legislativo al Poder Judicial

Etiquetado con conflictos

Se aprobó la ley que busca darle a los consumidores la información sobre los alimentos que va a consumir y alertar sobre los productos que tienen altos contenidos de azúcares, grasas o sodio. La ley despertó polémica porque, además, prohíbe la venta de dulces en colegios y figuras infantiles en los productos. La judicialización que se viene.

La Cámara de Diputados de la Nación aprobó con 200 votos positivos, 22 en contra y 16 abstencionesla Ley de Etiquetado frontal que, entre otras cuestiones, advierte a consumidores sobre "los excesos de componentes como azúcares, sodio, grasas saturadas, grasas totales y calorías, a partir de información clara, oportuna y veraz".

Entre sus fundamentos, el texto sostiene que la ley "promueve la prevención de la malnutrición en la población y la reducción de enfermedades crónicas no transmisibles" y, a partir de su entrada en vigencia, los alimentos y bebidas analcohólicas envasados y comercializados en la Argentina deben colocar leyendas como "Exceso en azúcares", "Exceso en sodio", "Exceso en grasas saturadas", "Exceso en grasas totales", y/o "Exceso en calorías".

Además de la "advertencia" en forma de hexágono negro, la ley prohíbe la venta de golosinas, como alfajores, en instituciones educativas y los envoltorios ya no podrán tener figuras que llamen la atención de los niños, como el tigre Tony en las míticas "Zucaritas" y en muchos países esta cuestión fue el principal motivo de demandas al considerarla una limitación a la publicidad de las empresas. 

 

una de las estrategias para frenar todo esto va a ser la judicialización, meter amparos. Se van a utilizar distintas herramientas jurídicas y legales a los fines de frenar esta potencial normativa una vez que esté reglamentada

 

Mijael Kaufman, titular de Consciente Colectivo, dijo en distintas entrevistas que “una de las estrategias para frenar todo esto va a ser la judicialización, meter amparos. Se van a utilizar distintas herramientas jurídicas y legales a los fines de frenar esta potencial normativa una vez que esté reglamentada”. 

AmCham Argentina, la cámara que agrupa a las empresas de capitales estadounidenses en el país, sostuvo que la ley tiene un carácter "punitivo, confuso, parcial e inequitativo", ya que "aplicado en forma directa a productos individuales, (el modelo) lleva a inconsistencias que confunden al consumidor y resultarán absolutamente inequitativos". 

Uno de los países con más conflictos fue México, donde la Corte Suprema tuvo que expedirse sobre la constitucionalidad del etiquetado frontal de alimentos y sobre conceptos que afirman que los azúcares añadidos son igual de dañinos que los azúcares naturales, o que el actual etiquetado se basa en las recomendaciones de organismos internacionales como la Organización Mundial de la Salud (OMS).

En otra oportunidad, la Corte mexicana también rechazó cambiar el etiquetado en alimentos y bebidas, al no hacer lugar al amparo promovido por la asociación El Poder del Consumidor y confirmó la constitucionalidad del sistema de etiquetado diseñado en 2014 por la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), similar al que se utilizará en Argentina cuando se reglamente la ley.

La ley también le confiere al Estado la potestad de priorizar las contrataciones de los alimentos y bebidas analcohólicas que no cuenten con sellos de advertencia.

Otra de las preocupaciones proviene del mundo del marketing y la publicidad, ya  que prohíbe toda forma de publicidad, promoción y patrocinio de los alimentos y bebidas analcohólicas envasados con al menos un sello de advertencia que esté dirigida especialmente a niños, niñas y adolescentes.

Además, prohíbe incluir personajes infantiles, animaciones, dibujos animados, celebridades, deportistas o mascotas, elementos interactivos, la entrega o promesa de entrega de obsequios, premios, regalos, accesorios, adhesivos, juegos, descargas digitales, o cualquier otro elemento, como así también la participación o promesa de participación en concursos, juegos, eventos deportivos, musicales, teatrales o culturales.

Con esta medida, las empresas deberán repensar sus estrategias publicitarias y ver que pasará, por ejemplo, con los contratos firmados con figuras importantes del deporte, como Lio Messi o instituciones por varios años. 


Libertad de expresión

Otra arista conflictiva de la norma, tiene que ver con temas de libertad de expresión. Durante el debate en Diputados, varios legisladores alertaron sobre el tema.

Entre ellas se encuentra el dictamen separado que presentó la diputada del PRO, Carmen Polledo, donde alerta sobre herramientas de control social y censura.

La legisladora propuso un sistema de etiquetado alternativo que denominó GDA que está inspirado en el sistema del Reino Unido.

 

 

 

 

 

 

 

 

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