26 de Abril de 2024
Edición 6954 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 29/04/2024

Control 24 horas

Con el objetivo de neutralizar situaciones de conflicto entre víctimas e imputados por violencia de género, un juzgado de Corrientes implementó la utilización de tobilleras electrónicas para que el centro de moniterio tenga información en tiempo real del riesgo. 

El Juzgado de Instrucción N°6 de Corrientes, en el marco de la Ley N° 26.485, implementó la utilización de Dispositivos Electrónicos Duales de Georeferencia y Custodias policiales para resguardar la integridad psicofísica de la víctima cuando surge un riesgo.

El organismo a cargo de Graciela Ferreyra utiliza las tobilleras, ya sea de forma conjunta con las órdenes de libertad dispuestas en incidentes de excarcelación, como también durante el trámite de la investigación en circunstancias en las que la propia víctima ha manifestado la necesidad de adopción de medidas para su resguardo.

Desde el juzgado explicaron que el fin de la medida es evitar "irremediables consecuencias en las que podrían derivar ciertos tipos de conflictos, y de este modo, también evitar la detención del supuesto autor, por resultar el dispositivo una medida menos gravosa que ello, en los casos en que resulta viable su aplicación, funcionando adecuadamente porque se lleva un control detallado de la ubicación de ambos".

El objetivo principal de la medida es resguardar la integridad psicofísica de la víctima, otorgándole una herramienta que le permite tener mayor tranquilidad en la realización de su vida cotidiana, ya que se advierte cuando el imputado transgrede la distancia espacial dispuesta como restricción de acercamiento. 

Según las estadísticas, se trata de una medida efectiva porque "desde el centro de monitoreo se tiene plena certeza de la ubicación durante las 24 horas tanto del imputado, en virtud de la tobillera electrónica que se le coloca, como de la víctima y están comunicados con ambos a través de otro dispositivo similar a un teléfono celular, donde dan aviso si hay una aproximación".

Para disponer el uso de una tobillera electrónica debe existir una restricción de acercamiento dictada a través de una medida cautelar. Cada dispositivo tiene predeterminada una zona de advertencia, que es de una distancia mayor que la dispuesta por la Juez en la medida cautelar, es decir que si se está dentro de ese radio ya se da aviso para que se alejen.

Lo mismo sucede cuando se encuentra dentro de una zona restringida, que es cuando se está dentro de la distancia fijada como límite para la restricción de acercamiento, cuyas violación implicará también la posible comisión de un nuevo delito, el de desobediencia, lo cual, de suceder, se pondrá en conocimiento a la Fiscalía en turno.

Por otra parte, la víctima también tiene la responsabilidad de llevar consigo cuando se traslada el dispositivo de comunicación, que permite que el centro de monitoreo le advierta ante una situación de riesgo. Ante alguna irregularidad, el juzgado recibe los informes que le permiten estar al tanto de todo lo que sucede.

En el caso de que la víctima y el imputado se estén acercando a la zona restringida, se les da aviso para que tomen otro rumbo, y si se dirigían al mismo lugar, como un supermercado o un banco, ha informado el centro de monitoreo que se le da prioridad en la permanencia a la persona que llegó primero, indicándole a la otra que se dirija hacia otra dirección.

 

 

 

 

 

 

 


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