25 de Abril de 2024
Edición 6953 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 26/04/2024

Abogado ultravigilado

En un caso de violencia de género, un Tribunal de Corrientes dispuso el cese de prisión de un letrado detenido por lesiones graves cometidas contra su pareja y será supervisado por el Programa de Sistemas de Dispositivos Duales de Supervisión, Monitoreo y Rastreo de Agresores Sexuales y Víctimas de Violencia de Género. 

En una votación dividida, el Tribunal Oral Penal de Goya hizo lugar al cese de prisión solicitado por C.A.C., un abogado imputado por lesiones graves doblemente calificadas contra su ex pareja.

Con los votos de Julio Duarte y Joaquín Romero se dispuso que C. recupere la libertad una vez ingresado al Programa de Sistemas de Dispositivos Duales de Supervisión, Monitoreo y Rastreo de Agresores Sexuales y Víctimas de Violencia de Género, el cuál provee un dispositivo dual de supervisión, monitoreo y rastreo y un dispositivo de geolocalización para la víctima, a los fines de hacer efectiva la medida de restricción de 200 metros impuesta.

Los magistrados basaron su decisión en el informe de conducta remitido por la comisaría y el informe de la Psicóloga Forense, que refirió no encontrar elementos que resultaran negativos en relación a la aptitud de reinserción social; y su recomendación de que el imputado reciba asistencia en el área de salud mental.

Asimismo, los jueces impusieron como reglas de conducta la realización de un tratamiento psicológico, tal como lo recomendara la psicóloga forense en su informe, debiendo informar al Tribunal la profesional tratante y remitir periódicamente, una vez al mes, "constancia de su cumplimiento y evolución".

En disidencia, Jorge Carbone sostuvo que el caso debía analizarse con perspectiva de género teniendo como base la normativa nacional e internacional que protege a la mujer y votó por el rechazo de la concesión del cese de prisión al señalar que no hallaba “elementos suficientes y significativos para revocar la medida cautelar impuesta por el Juez de Instrucción”.

Al respecto, el juez citó el antecedente donde anteriormente C. violó la prohibición establecida que derivó en una detención el día 30 de diciembre de 2019 y remarcó que, “en esa lógica, no encuentro fundamento para otorgarle una segunda oportunidad".

En la misma línea que el Ministerio Público Fiscal, quien se opuso al cese de prisión, Carbone señaló la importancia de poner en conocimiento de la mujer víctima el pedido de libertad de su agresor y “escucharla, asistirla y que su opinión sea tenida en cuenta al momento de arribar a una decisión que la afecte”.

Los magistrados basaron su decisión en el informe de conducta remitido por la comisaría y el informe de la Psicóloga Forense, que refirió no encontrar elementos que resultaran negativos en relación a la aptitud de reinserción social; y su recomendación de que el imputado reciba asistencia en el área de salud mental.

 

 

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