07 de May de 2024
Edición 6959 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 08/05/2024

El asfalto manda

Un fallo civil consideró que la prioridad de paso se pierde cuando se pasa desde una calle de ripio a una asfaltada. 

El Juzgado Civil N°3 de Cipolleti, provincia de Río Negro, condenó al conductor de un Chevrolet Corsa por su conducta “contraria a la normativa” porque produjo un accidente al intentar incorporarse a una calle asfaltada sin respetar la prioridad de paso.

El fallo determinó la responsabilidad del conductor del auto, ya que “toda vez que pretende ingresar desde una calle de ripio a una pavimentada, careciendo prioridad de paso para ello, de acuerdo al juego normativo aplicable, de las reglas establecidas por el artículo 41 de la ley de Tránsito Nº 24.449.

La ley citada sostiene que la prioridad de paso se pierde cuando se “desemboca desde una vía de tierra a una pavimentada” y utiliza el mismo criterio para cuando el conductor “haya detenido la marcha o se vaya a girar para ingresar a otra vía”.

Para el juez, “el comportamiento del demandado importó una conducta contraria a la normativa, que configura una grave violación a los deberes de prudencia; constituyéndose en el responsable del accidente y consecuentemente le cabe responder por los daños causados, y a su compañía citada en garantía en la medida del seguro”.

El infractor deberá indemnizar al conductor de la motocicleta que sufrió el accidente con $ 914.735, en concepto de incapacidad física y psíquica, daño moral, gastos terapéuticos y daños en el rodado.

El motociclista, a raíz del incidente, fue intervenido quirúrgicamente en dos oportunidades y padeció dolores y limitación funcional pese a haberse sometido a un tratamiento de rehabilitación. La pericia determinó una incapacidad del 14,5%.

La ley citada sostiene que la prioridad de paso se pierde cuando se “desemboca desde una vía de tierra a una pavimentada” y utiliza el mismo criterio para cuando el conductor “haya detenido la marcha o se vaya a girar para ingresar a otra vía”.

 


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