Un Tribunal de La Coruña condenó con penas de entre 20 y 24 años de prisión a tres hombres que asesinaron a Samuel Luiz a golpes, luego de gritarle “maricón”.
El caso que conmocionó a España se produjo en 2021, luego que el principal acusado dedujo que la víctima era homosexual “por las palabras, gestos, forma de vestir, tono de voz y apariencia física” y, tras malinterpretar que estaba grabándole con su celular, cuando en realidad realizaba una videollamada, el condenado lo agredió al grito de “deja de grabar, a ver si te voy a matar, maricón”.
La jueza destacó “la absoluta indiferencia de los acusados hacia la situación de Samuel cuando cae inconsciente, herido ya de muerte, sin prestarle ayuda ni recabarla de terceros, el abandono por los acusados del lugar, dispersándose tranquilamente por las calles adyacentes y el reagrupamiento posterior del grupo en el parque Europa y en el parque de San Diego”.
Agredió a golpes al joven junto a sus amigos. La autopsia contabilizó más de 30 golpes mortales, “todas necesarias” para acabar con la vida de Samuel.
La sentencia remarcó la alevosía -necesaria para calificarse como asesinato- por la imposibilidad de defensa de la víctima, pero descarta el ensañamiento -causar sufrimiento innecesario- porque la autopsia reveló que “todos los golpes fueron necesarios para la causación de la muerte”.
“La deliberada selección de la cabeza como destino de las agresiones, la existencia de una pluralidad de agresores sobre una única víctima, la enorme violencia de los golpes y la forma en que se desarrolló el ataque grupal”, se lee en el fallo.
La jueza destacó “la absoluta indiferencia de los acusados hacia la situación de Samuel cuando cae inconsciente, herido ya de muerte, sin prestarle ayuda ni recabarla de terceros, el abandono por los acusados del lugar, dispersándose tranquilamente por las calles adyacentes y el reagrupamiento posterior del grupo en el parque Europa y en el parque de San Diego”.
“La extensión del mal causado y su actitud posterior para con la víctima y su familia, mostrando una absoluta falta de empatía y una crueldad que merecen un mayor reproche penal”, consideró la justicia. En ese marco, los condenados deberán indemnizar a los padres y a la hermana de la víctima con un total de 303.284 euros.
La sentencia ponderó que el crimen provocó “importantes padecimientos psicológicos a los padres” del muchacho, además “del dolor moral inherente a la pérdida de un hijo y hermano”.
Además, en los condenados se notó una “falta de empatía” y “crueldad”, ya que dejaron tirado a Samuel “en medio de una rotonda, inconsciente y con el rostro ensangrentado”, un comportamiento que causó a su familia “una especial penosidad”.