29 de Abril de 2024
Edición 6955 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 30/04/2024

Diabetes con cobertura

La Justicia de Neuquén ordenó a una obra social la cobertura de una bomba de insulina recomendada por las médicas tratantes de una afiliada, junto con los insumos necesarios para la adecuada utilización del artefacto.

(Foto de Towfiqu barbhuiya)

La Sala I de la Cámara Provincial de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral, Minería y Familia, con competencia en la II, III, IV y V Circunscripción Judicial, de San Martín de los Andes ordenó al Instituto de Seguridad Social del Neuquén (ISSN) proveerle a una afiliada una bomba de insulina recomendada por las médicas tratantes, junto con los insumos necesarios para la adecuada utilización del
artefacto.

En primera instancia se hizo lugar al amparo de salud, pero fue apelado argumentando la supuesta "falta de fundamento médico para exigirse el otorgamiento de la cobertura de la bomba de insulina" al sostener que la mujer "no cumple con los criterios técnicos necesarios para la indicación de ese tipo de tecnología".

Según se desprende de la causa, la paciente es portadora de una diabetes mellitus tipo 1 (LADA), insulina dependiente, y que el ISSN cubre su
tratamiento, de acuerdo al plan de diabetes de la obra social.

En este escenario, el tribunal neuquino explicó que los objetivos terapéuticos deben "ser individualizados y flexibles" y que en el caso puntual "la adopción del infusor subcutáneo continuo de insulina le brindaría una mejor calidad de vida" a la amparista.

 

"La actora ha iniciado un proceso para obtener la cobertura de una prestación médica, en base a la confianza que le generan las profesionales encargadas de su tratamiento, a los fines de buscar soluciones a sus problemas de salud a través de métodos o técnicas que habrán de utilizarse", indicó la sentencia.

 

En el caso también se advirtió que “se encuentran en juego derechos fundamentales de la actora, tal como lo es el derecho a la salud”, y que "se ha acreditado de manera suficiente que la bomba de infusión de insulina peticionada por la actora es el tratamiento indicado para su patología, y que no existe ningún elemento de peso que desvirtúe lo expresado en la pericia".

"La actora ha iniciado un proceso para obtener la cobertura de una prestación médica, en base a la confianza que le generan las profesionales encargadas de su tratamiento, a los fines de buscar soluciones a sus problemas de salud a través de métodos o técnicas que habrán de utilizarse", indicó la sentencia.



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