07 de Noviembre de 2024
Edición 7087 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 08/11/2024

Condena ejemplar contra el robo

El STJ de Corrientes confirmó una condena de prisión efectiva para una pareja que le robó a un menor de 14 años cuando se dirigía a la escuela. Los jueces rechazaron todos los argumentos de la defensa.

En la causa "LEGAJO DE ANTECEDENTE CASACION NRO. 2781/5 (LJU 2781/22-LIF 20179/22) UFIC - GOYA - M., A., M. Y V., I., M. P/ROBO CON ARMA EN CARÁCTER DE COAUTORES", el Superior Tribunal de Justicia de Corrientes confirmó la condena a 14 y 11 años de prisión para una pareja por el robo a un joven de 14 años cuando iba a la escuela. 

Los condenados, que ya tenían antecedentes penales, sorprendieron al adolescente que salía de su casa hacia el colegio. Le sustrajeron la mochila que contenía útiles escolares, una campera y un teléfono celular, y para intimidarlo utilizaron un arma blanca para en el cuello. El menor de edad no se resistió.

A causa del robo de sus materiales de estudio, presentó inconvenientes en el desempeño escolar y social, además de evidenciar miedo de ir solo al colegio.

 

 

Respecto a la queja de la defensa que no se realizó rueda de reconocimiento para saber si la víctima podía reconocer a sus defendidos, el fallo sostuvo que "pudo ser solicitado por la defensa, pues corresponde al fiscal sustentar su acusación objetiva en el proceso, pero también es una facultad de la defensa producir y/o solicitar la producción de pruebas".

 

 

 

El Tribunal integrado por Alejandro Chaín, Eduardo Panseri, Guillermo Horacio Semhan, Luis Eduardo Rey Vázquez y Fernando Augusto Niz consideró que la autoría del hecho por parte de los condenados está probada. Se pudo determinar la presencia de ambos en la escena del crimen.

Respecto a la queja de la defensa que no se realizó rueda de reconocimiento para saber si la víctima podía reconocer a sus defendidos, el fallo sostuvo que "pudo ser solicitado por la defensa, pues corresponde al fiscal sustentar su acusación objetiva en el proceso, pero también es una facultad de la defensa producir y/o solicitar la producción de pruebas".

En cuanto a las contradicciones marcadas por la defensa en los distintos testimonios, el STJ consideró que en el recurso de casación solo puede controlar lo que los testigos deponen y que se traslucen en las actas pero no puede sino darle fuerza de convicción a la impresión que los mismos dejaron en los jueces de juicio al momento de escucharlos.

“No logrando con éxito la defensa en su ardua tarea defensiva convencer que no existieron los elementos objetivos y subjetivos para configurar el tipo penal elegido por la acusación y que fuera receptada favorablemente como más creíble conforme su teoría del caso”, agregaron los magistrados al respecto. 

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