26 de Abril de 2024
Edición 6954 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 29/04/2024

El "look" de los abogados no paga impuestos

Un Tribunal español determinó que tanto los trajes como las corbatas de los abogados pueden ser deducidos fiscalmente al constituir un complemento “casi indispensable” de la actividad.

(Akshay en Pixabay)

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña falló a favor de la posibilidad de deducir fiscalmente el costo de trajes a medida y de corbatas si son necesarios para los abogados.

En el caso, el matriculado español reclamó los gastos relacionados con la utilización de un vehículo en la actividad profesional, con el que realizó -según la presentación- innumerables desplazamientos para reunirse con clientes, Administraciones Públicas, eventos, entre otros lugares.

Lo mismo hizo con los gastos en vestuario (trajes, complementos asociados, zapatos, corbatas, gemelos, entre otros), los que calificó de una "necesidad formal de la profesión". Entendió que son "deducible" los 223,14 euros de compra de corbatas y los 1.524,79 euros de la confección de un traje a medida.

En este escenario, las magistradas María Abelleira, Emilia Giménez y Virginia de Francisco avalaron el pedido del profesional, socio de un reconocido bufete, por los casi 2.000 euros que gastó durante un año. El despacho le exigía dicha vestimenta, de acuerdo a la sentencia.

 

Los jueces, sin embargo, rechazaron la deducción de los gastos en combustible y estacionamiento de su Audi Q7, ya que no utilizaba el vehículo exclusivamente para el trabajo y trató de incluir gastos que fueron efectuados en fines de semana. Tampoco admitió el coste de dos cajas de Navidad que envió a un cliente.

 

Para el tribunal, los gastos de vestuario son "deducibles en atención a la consideración a su profesión de Abogado
que requiere un mayor formalismo que en otras" y advirtieron que por el "formalismo de las prendas y la necesidad de su adquisición, por imposición de las normas y los usos, son las que pueden evidenciar el destino profesional de la vestimenta y la imposibilidad de aplicarla a la vida cotidiana en la que la ropa utilizada es menos formal y más cómoda".

Los jueces, sin embargo, rechazaron la deducción de los gastos en combustible y estacionamiento de su Audi Q7, ya que no utilizaba el vehículo exclusivamente para el trabajo y trató de incluir gastos que fueron efectuados en fines de semana. Tampoco admitió el coste de dos cajas de Navidad que envió a un cliente.

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