08 de May de 2024
Edición 6961 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 09/05/2024

Jurados lejanos pero imparciales

Tomando como cita el famoso juicio por el asesinato de George Floyd, la Cámara de Casación de Paraná revocó la prórroga de la jurisdicción pedida por una persona que iba a ser juzgada ante un juicio por jurado. El hombre esgrimía la imposibilidad de constitución de un jurado imparcial debido a la repercusión del caso.

(Télam)

En un juicio por jurado, la Cámara de Casación de Paraná hizo lugar al recurso fiscal contra la resolución del juez que había ordenado la prórroga de la jurisdicción por pedido de la defensa fundado en la imposibilidad de constitución de un jurado imparcial debido a la repercusión del caso.

El representante del Ministerio Público Fiscal afirmó que la prórroga de la jurisdicción “es arbitraria por no sustentarse en hechos probados y subvierte el lugar de prórroga legalmente establecido, vedando la posibilidad de que los ciudadanos y vecinos del Departamento Paraná cumplan con su función de juzgar en el caso concreto por un hecho aquí cometido”.

Según la normativa provincial, los juicios por jurados "se realizarán en el ámbito de la jurisdicción en la que se hubiera cometido el hecho" y sólo excepcionalmente, puede interpretarse la potestad que la ley otorga al juez, quien podrá disponer la prórroga de jurisdicción -siempre, obviamente, fundando su decisión-; y dicho carácter excepcional, a su vez, requiere para su procedencia que se pueda tener por probado un riesgo cierto de parcialidad del jurado. 

 

Asimismo, se ilustró el caso recordando el asesinato de George Floyd, un hombre negro, a manos del policía Derek Chauvin, en 2020.



En sus argumentos, el Tribunal entrerriano sostuvo que el jurado imparcial puede obtenerse a partir de un correcto litigio de la audiencia de voir dire. Se trata de una causa donde se juzgado el delito contra la propiedad, cuya trascendencia mediática “no se ha demostrado que sea de alta intensidad, no verificándose otras demostraciones habituales de la mentada conmoción social -como son marchas, cadenas de difusión en redes, cartelería, etc.-, y sin que se haya demostrado por ello suficientemente la efectiva existencia a este respecto de la conmoción de la comunidad que habilitaría la excepcional prórroga de jurisdicción”, señaló la sentencia.

Asimismo, se ilustró el caso recordando el asesinato de George Floyd, un hombre negro, a manos del policía Derek Chauvin, en 2020. “El hecho tuvo una repercusión mediática que trascendió con creces la ciudad de Minneapolis, siendo cubierta la noticia por medios internacionales, aún de nuestro país; además de haber generado, por las características de las personas involucradas y las circunstancias del hecho, múltiples reclamos y protestas en todo el país, en relación a la brutalidad policial y la violencia racial, que condujeron incluso a proyectos legislativos, intentos de desfinanciar a la Policía, y a un movimiento social intenso bajo la consigna Black lives matters”, explicaron los magistrados. 

Chauvin, principal acusado por el homicidio de Floyd, enfrentó un juicio por jurado. El imputado solicitó la anulación del proceso, y que se hiciera de nuevo, alegando entre otras cosas que el juicio debía hacerse en otro condado del estado de Minnesota, que el juicio se hiciera más adelante y que el jurado fuera aislado por completo, argumentando la enorme repercusión mediática del caso que, a su entender, contaminó al jurado y lo sesgó. Sin embargo, la Corte de Apelaciones rechazó el recurso de la defensa en relación al cambio de jurisdicción y esgrimió que "no se podía presumir que los posibles jurados son parciales únicamente por haber estado expuestos a las noticias periodísticas antes del juicio y que un juicio justo no necesariamente significa que los miembros del jurado deban ser 'totalmente ignorantes de los hechos y asuntos involucrados' en un caso penal importante que ha generado interés público.

Con cita de la Corte Suprema federal, dijo: 'La notoriedad no necesariamente perjudica y la imparcialidad del jurado no exige ignorancia de los hechos'", y agregó el Tribunal de apelación que "para impugnar el veredicto de un jurado sobre la base de la repercusión mediática del caso, la defensa no puede basarse solamente en el prejuicio presunto, sino que tiene que demostrar que el jurado en particular tuvo un prejuicio concreto y real y solo en casos excepcionales se podría presumir ese prejuicio (en casos donde la publicidad haya sido demasiado perjudicial). Pero independientemente de eso, el test definitivo sigue siendo si los miembros del jurado pueden dejar de lado sus impresiones u opiniones y rendir un veredicto imparcial".



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