15 de May de 2024
Edición 6966 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 16/05/2024

Chubut busca jueces y fiscales

El Consejo de la Magistratura llamó a concurso para cubrir cargos de fiscales generales y jueces penales, además de jueces de paz suplentes en distintas localidades de la provincia.

El Consejo de la Magistratura de la provincia de Chubut convocó a concurso público de antecedentes y oposición a los fines de cubrir cargos de fiscales generales y jueces penales, además de jueces de paz suplentes en distintas localidades de la provincia.

En esta nueva convocatoria, se concursarán dos cargos de Fiscal General para la ciudad de Rawson, un cargo de Fiscal General destinado a la Unidad Especial de Delitos contra la Administración Pública (Trelew – Rawson), un cargo de Fiscal General para Sarmiento y otro para la ciudad de Comodoro Rivadavia, además de dos cargos de Fiscal General para Lago Puelo.

 

 

Las postulaciones se recibirán hasta el día 2 de octubre del 2023, a las 13 horas, en la sede del Consejo de la Magistratura, sita en calle San Martín Nº 295, de la ciudad de Sarmiento (9020).

 

También se convoca a concurso para ocupar un cargo de Juez/a Penal en la ciudad de Sarmiento y un cargo similar con destino en Comodoro Rivadavia.

Finalmente, se realizará el concurso de antecedentes y oposición para elegir Juez/a de Paz Primer Suplente para El Maitén y dos cargos de Juez/a de Paz Segundo Suplente, en este caso con destino a las localidades de El Maitén y Río Mayo

Las postulaciones se recibirán hasta el día 2 de octubre del 2023, a las 13 horas, en la sede del Consejo de la Magistratura, sita en calle San Martín Nº 295, de la ciudad de Sarmiento (9020).

En cuanto a los requisitos, para ser Juez o Fiscal Se requiere ser ciudadano argentino, tener título de Abogado y acreditar cuando menos siete años de ejercicio como tal, como Magistrado o como Funcionario Judicial" (Art. 164 de la Constitución Provincial).

Para ser Juez/a de Paz, “se requiere ser ciudadano argentino, mayor de edad, vecino del Departamento y desempeñar alguna actividad lícita”. (Art. 185 de la Constitución Provincial).


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