10 de Diciembre de 2024
Edición 7109 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 11/12/2024
Los delincuentes usaron la APP de la entidad

Las estafas no paran por la Feria

La Cámara Federal de Mendoza confirmó una cautelar que ordenó al Banco de la Nación Argentina que se abstenga de debitar a un jubilado las cuotas de un préstamo obtenido mediante una estafa virtual.

(Mohamed Hassan)

La Sala de Feria de la Cámara Federal de Mendoza confirmó una cautelar que ordenó al Banco de la Nación Argentina que se abstenga de debitar las cuotas de un préstamo obtenido mediante una estafa.

El Juzgado Federal 2 de Mendoza ordenó al Banco de la Nación que se abstenga de realizar sobre la cuenta del jubilado los débitos correspondientes a las cuotas de un préstamo - por una suma aproximada de $ 327.000- obtenido mediante una estafa, mientras dure la investigación en sede penal del hecho ilícito.  

La entidad bancaria también deberá abstenerse de iniciar cualquier tipo de acción judicial en reclamo por las operaciones y de ingresar al actor en cualquiera de las bases de deudores morosos, de las que se vale la entidad financiera demandada para categorizar a deudores morosos.

 

La parte actora apeló la decisión y solicitó la ampliación de la medida cautelar por la vía de la aclaratoria respecto al pedido de restitución de las sumas extraídas y debitadas.

Para así decidir, el juez de grado consideró que existen “indicios con grado de probabilidad suficiente sobre la actividad delictiva de la que habría sido víctima el actor, particularmente plasmada en la denuncia penal efectuada”. Además, estimó que se trata de la cuenta sueldo de un jubilado adulto mayor, que “podrían verse afectado mes a mes por el débito de las cuotas correspondientes a un préstamo que no solicitó ni hizo propio”.

La parte actora apeló la decisión y solicitó la ampliación de la medida cautelar por la vía de la aclaratoria respecto al pedido de restitución de las sumas extraídas y debitadas.

En subsidio y para el caso de que se confirme tal decisión, planteó un recurso de reposición y apelación en subsidio en contra de la resolución cautelar.

Previa a la cautelar, el banco ofreció expresamente, entre otras cosas, la devolución de las sumas en concepto de cuotas abonadas más intereses, lo que fue rechazado expresamente por el abogado de la parte actora.

“De esa manera, el magistrado considera que, habiéndose rechazado la oferta efectuada por la institución demandada en forma previa al dictado de la medida cautelar que ahora se ataca, no se advierten razones para modificar la orden dictada”, advirtió la Alzada, que estimó no procedente la petición vía cautelar.


Aparecen en esta nota:
cautelar banco estafa préstamo Mendoza

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
Lo que el banco no asegura lo tiene que devolver
Phishing con devolución

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486