10 de May de 2024
Edición 6963 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 13/05/2024
Expediente electrónico

Quejas con nuevas reglas

La Corte bonaerense estableció que a partir del 1 de agosto regirán nuevas reglas para la gestión digital de quejas en Cámaras de Apelación y el Tribunal de Casación Penal. Los detalles de la medida.

La Suprema Corte de Justicia de la provincia de Buenos Aires dispuso que a partir del 1º de agosto de 2023 regirán nuevas reglas para para la gestión digital de quejas en Cámaras de Apelación y el Tribunal de Casación Penal.

Concretamente, regirá para las quejas por denegación de recursos de apelación o casación, la exigencia de adjunción de las constancias o piezas procesales a que aluden los artículos 276 y concordantes del Código Procesal Civil y Comercial, 433 y concordantes del Código Procesal Penal, 58 inciso 1, 77 inciso 1 y concordantes de la Ley Nº 12008 y reglas análogas.

 

 

“La adopción de una medida de este tipo resulta necesaria a efectos de aportar claridad, previsibilidad y uniformidad reglamentaria y operativa en la presentación de quejas por denegación de recursos de apelación o casación”, se detalló en el documento publicado.

 

 

 

De esta manera, se tendrán por cumplidas con: la individualización de las mismas por el peticionario y la indicación sobre su accesibilidad a través de los sistemas de consulta telemáticos disponibles. 

Dicha carga deberá ser cumplida a través de la indicación precisa de los datos que permitan al órgano judicial individualizar el respectivo trámite electrónico, de conformidad con el instructivo que al efecto elabore la Subsecretaría de Tecnología Informática.

Asimismo, cuando ello no sea factible por no encontrarse disponibles las constancias en los sistemas de gestión judicial, con su agregación en formato digital.

En torno a esta medida se encomienda a la Subsecretaría de Tecnología Informática que arbitre las medidas necesarias para la implementación de la herramienta informática en cuestión; y se solicita a las Cámaras de Apelación y al Tribunal de Casación Penal que modifiquen las pautas normativas contenidas en sus reglamentos internos que se opongan a la presente reglamentación.

“La adopción de una medida de este tipo resulta necesaria a efectos de aportar claridad, previsibilidad y uniformidad reglamentaria y operativa en la presentación de quejas por denegación de recursos de apelación o casación”, se detalló en el documento publicado.

 

Documento relacionado:

Aparecen en esta nota:
SCBA Recurso de queja Tecnología

Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
Instructivo de Diario Judicial para el sorteo de demandas
Digitalización suprema

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486