10 de May de 2024
Edición 6963 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 13/05/2024
Sanción de 100 mil pesos

Bloqueo y multa

La Justicia de La Pampa confirmó una sanción contra AMX Argentina S.A. por el bloqueo de un teléfono iPhone adquirido en el exterior. El servicio fue dado de baja sin previo aviso.

(Carinakrammer -Pixabay)

La Sala III de la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Santa Rosa, integrada por Guillermo Salas y Laura Cagliolo, confirmó una sanción contra AMX Aargentina S.A. (Claro) por el bloqueo de un teléfono celular adquirido en el exterior.

La denuncia refirió a que compró un teléfono en el exterior (marca Apple), el cual funcionó durante dos meses hasta quedar inutilizado sin poder recibir o hacer llamadas, ni utilizar internet.

En este sentido, Claro le informó que el celular iPhone se encontraba bloqueado por no estar declarado por Apple, por lo que procedió al corte del servicio contratado -la línea telefónica- sin previo aviso. 

Así se le aplicó una multa de $ 100.000 por infracción a la disposición de los artículos 4 (deber de información) y 8 bis (trato digno) de la ley 24.240 y sus modificatorias, de acuerdo con establecido en el artículo 47 inciso b) de dicho cuerpo legal. También se sancionó al distribuidor más importante de Apple en el país.

En el caso no existe constancia que permita presumir que la empresa Claro hubiera dado respuesta a los requerimientos del reclamante, bloqueando su IMEI sin previo aviso ni notificación, debiendo el denunciante iniciar el reclamo administrativo para recibir dicha información.

En este escenario, los camaristas destacaron la validez y la legitimidad del trámite administrativo y del mecanismo sancionador de la autoridad de aplicación en materia de consumo (que en nada dependen de la voluntad del denunciante).

Para los magistrados, "se logró establecer una falta al deber de información integral y una correspondencia entre la norma que se consideró violada de la LDC y las omisiones a deberes legales o de conducta informativos imputados, en consonancia con las pruebas aportadas, apareciendo respaldada la sanción".

En el caso no existe constancia que permita presumir que la empresa Claro hubiera dado respuesta a los requerimientos del reclamante, bloqueando su IMEI sin previo aviso ni notificación, debiendo el denunciante iniciar el reclamo administrativo para recibir dicha información.



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