08 de Octubre de 2024
Edición 7066 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 09/10/2024
Sentencia de un tribunal de Inglaterra y Gales

Apareció el "creador" de Bitcoin y reclama derechos de autor

Un informático australiano autodenominado como el supuesto creador del sistema de Bitcoin y del Libro Blanco, demando a multiples empresas y personas en un tribunal inglés alegando tener derechos de autor y por lo tanto que la red estaba operando sin su autorización. La acción fue rechazada.

Por:
Sebastián
Onocko
Por:
Sebastián
Onocko

En un fallo reciente de la Corte Superior de Justicia en Tribunales de Comercio y Propiedad de Inglaterra y Gales en materia de Propiedad Intelectual, el tribunal determinó que el formato de archivo de Bitcoin no puede ser tratado bajo las leyes de derechos de autor ya que no es una obra literaria.

El caso iniciado por un informático australiano llamado Craig Steven Wright contra una serie de empresas y personas (en total 26) entre ellas Coinbase Inc., donde el actor alegaba ser el supuesto creador del sistema de Bitcoin y del Libro Blanco de Bitcoin, un documento titulado “Bitcoin: A Peer-to-Peer Electronic Cash System” que describe la esencia del sistema, tras haber escrito el código original y ponerlo a disposición del publico el 31 de octubre de 2008 bajo el seudónimo de Satoshi Nakamoto.

En la demanda alegaba que siendo el creador del sistema podía impedir que cualquier operación de Bitcoin y los sistemas derivados de ello se realicen sin su autorización, ya que se estarían vulnerando sus derechos de autor.

 

 

 

El caso iniciado por un informático australiano llamado Craig Steven Wright ... donde el actor alegaba ser el supuesto creador del sistema de Bitcoin y del Libro Blanco de Bitcoin, ... tras haber escrito el código original y ponerlo a disposición del publico el 31 de octubre de 2008 bajo el seudónimo de Satoshi Nakamoto.... alegaba que ... podía impedir que cualquier operación de Bitcoin y los sistemas derivados de ello se realicen sin su autorización, ya que se estarían vulnerando sus derechos de autor.

 

 

 

El sujeto explico como funcionaba el sistema y agregó que el primer bloque en el Bitcoin Blockchain es un bloque especial conocido como el "Bloque Génesis" que fue creado y ejecutado por él, en fecha 3 enero de 2009 y que el segundo bloque (ahora conocido como bloque #1) era el primer bloque minado en la blockchain que no fue creado hasta que él mismo ejecutó el software el 9 de enero de 2009.

Según el australiano, la supuesta obra literaria protegida por derechos de autor era el formato de archivo bitcoin, y se oponía a los dos “airdrops” que efectuaron cambios significativos en sus sistema bitcoin y que se desviaron de los principios y protocolos que él había creado y especificado, siendo el primer airdrop el producido el 1 de agosto de 2017 que dio lugar a la red BTC como una rama en la cadena de bloques que funciona en paralelo, y que el segundo airdrop se produjo el 15 de noviembre de 2018 creando otra nueva red peer-to-peer conocida como Red BCH, surgiendo otra red paralela más, ambas ramas operando con sistemas de dinero digital distinto.

El tribunal consideró que era necesario probar la autoría sobre el formato de archivo para atender a las alegaciones del demandante. Así, solicitó al demandante que argumentara cuándo y en qué forma se registró por primera vez la supuesta obra literaria en el formato de archivo Bitcoin, lo que fue respondido por el actor siguiendo las fechas antes mencionadas, pero no respondió si existía una fijación material del mismo.

El tribunal analizó los requisitos para atenerse a la protección por derechos de autor, estableciendo que la obra literaria debe ser registrada por escrito u otra forma para que subsista el derecho de autor y debe ser comprensible para un ser humano para considerarse como tal. Además, se requiere suficiente precisión y objetividad para clasificar una materia como "obra" en el sentido de la Directiva 2001/29/CE.

En consecuencia, el tribunal concluyó que el formato de archivo de Bitcoin no podía ser tratado bajo las leyes de derechos de autor por no ser una obra literaria ni aportar prueba suficiente sobre la fijación de la obra que pretendía proteger.

 

 

El tribunal concluyó que el formato de archivo de Bitcoin no podía ser tratado bajo las leyes de derechos de autor por no ser una obra literaria ni aportar prueba suficiente sobre la fijación de la obra que pretendía proteger.

 

 

Por su parte citó como fundamento que la Copyright Designs and Patents Act 1988 en su definición de obras literarias del art. 3, hacia referencia a obras escritas, habladas, cantadas, etc pudiendo incluir una tabla o compilación y también un programa de ordenador, pero que los derechos de autor no subsisten a menos que se registre de alguna forma en algún momento estableciendo un principio de “fijación” que también es respaldado por el Convenio de Berna y el Convenio de Roma.

También se trajo a colación variada jurisprudencia, entre ellas un dictamen del TJUE que determinó que para que una obra sea clasificada como tal, deben cumplirse dos condiciones acumulativas, que el objeto sea original como creación intelectual del autor y por otro lado que sea la expresión de la creación intelectual propia del autor en el sentido de la Directiva 2001/29, es decir que el objeto protegido sea identificable con suficiente precisión y objetividad, aunque dicha expresión no sea necesariamente de forma permanente.

El tribunal explicó que si bien las cuestiones en materia de derechos de autor pueden llegar a ser complejas, los pasos simples y básicos en cualquier reclamación por infracción de derechos de autor literarios incluyen (a) identificar la supuesta obra protegida por derechos de autor y (b) comparar la obra con la supuesta infracción, y en el caso “no se ha identificado ninguna "obra" relevante que contenga contenidos que define la estructura del formato de archivo Bitcoin”, “ no hay pruebas de que el Formato de Archivo Bitcoin se establezca en ninguna parte del software o de los primeros bloques escritos en la Blockchain de Bitcoin a diferencia de que el Software Bitcoin simplemente lea y escriba archivos en ese formato”, por todo ello el caso fue desestimado.

 

 

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