10 de Octubre de 2024
Edición 7068 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 14/10/2024
Oralidad

Condena fugaz

Un hombre fue detenido cuando intentaba robar cables de cobre en la vía pública. Semanas más tarde recibió una condena por parte de la Justicia de Córdoba, en el marco de la aplicación del Plan Piloto de Litigación Oral Penal.

Un hombre fue aprehendido en flagrancia, el 31 de enero pasado, cuando intentaba robar cables de cobre de telefonía en la vía pública en la provincia de Córdoba.

Ahora, el Juzgado de Control en lo Penal Económico lo condenó a cinco meses de prisión de cumplimiento efectivo. Así lo resolvió el juez Gustavo Hidalgo durante la audiencia oral única prevista por el Plan Piloto de Litigación Oral Penal.

En la audiencia, el magistrado ordenó la prisión preventiva solicitada por el Ministerio Público Fiscal, luego de escuchar la fiscal de Instrucción, Daniela Maluf; a la asesora Penal del 21° turno, Carolina Lerda; y al propio imputado. 

En esa misma audiencia, la defensa y el MPF renunciaron a los términos para recurrir y acordaron someterse a un procedimiento abreviado. Asimismo, la asesora renunció al procedimiento escrito, tal como lo prevé el artículo 130 bis, del Código Procesal Penal.

 

Según detallaron desde el Poder Judicial de Córdoba, la causa se desarrolló siguiendo las normas prácticas dictadas por el Tribunal Superior para la puesta en marcha gradual de audiencias orales de prisión preventiva.

 

En la causa “Inga o Bringa Ricardo David p.s.a. robo en grado de tentativa”, la fiscal Maluf acusó al imputado en forma oral y solicitó el juicio abreviado inicial a lo que la defensora prestó su conformidad. El debate se sustanció en el momento y culminó en la misma audiencia con la condena a prisión efectiva de la persona sometida a proceso por el delito de robo en grado de tentativa. 

Según detallaron desde el Poder Judicial de Córdoba, la causa se desarrolló siguiendo las normas prácticas dictadas por el Tribunal Superior para la puesta en marcha gradual de audiencias orales de prisión preventiva.

Conforme a dicha normativa, en una primera etapa, la implementación de las modificaciones del proceso penal se limita a los casos de flagrancia y cuasi-flagrancia ocurridos de la sede judicial Capital, bajo la competencia correspondiente a los Juzgado de Control y Faltas n.° 1, 2, 3 y 4 de la ciudad de Córdoba.



Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.


VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486