06 de May de 2024
Edición 6959 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 07/05/2024

Víctimas revictimizadas

Un policía de Córdoba omitió recibir las denuncias que una mujer pretendía formular contra su expareja, quien era conocido del agente. Fue condenado a dos años y cuatro meses de prisión efectiva por el delito de abuso de autoridad.

La Cámara del Crimen y Correccional de 10º Nominación de la ciudad de Córdoba, condenó a un sargento a dos años y cuatro meses de prisión efectiva por el delito de abuso de autoridad.

El tribunal, integrado por Carlos Palacio Laje, Mario Centeno y Juan José Rojas Moresi con la participación de jurados populares, entendió que este integrante de la Policía de Córdoba, que cumplía funciones en la Comisaría de la localidad de Salsipuedes, omitió recibir en tres o cuatro oportunidades las denuncias que una mujer pretendía formular contra su expareja, quien era conocido del acusado.

El agente desconoció normas del Código Procesal Penal y de la ley de Violencia Familiar (9283), que lo obligaban a receptar las denuncias que la damnificada deseaba realizar, quien debió trasladarse a otra dependencia.

El condenado demostró un “sesgo patriarcal y machista”, según destacó el camarista Palacio Laje, y destacó el contexto de violencia en que tuvo lugar el “abuso de autoridad”. Incluso, el agente minimizó la situación y le dio respuestas totalmente machistas de “esto ya va a pasar”.

 

La revictimización que sufrió la denunciante se vio acentuada por la condición de pobreza en que estaba inmersa, lo que también fue advertido en la sentencia: “El sargento estaba discriminando a una mujer, en una evidente situación socioeconómica desfavorable (…) imprimiéndole una reprochable violencia de género en clara desventaja y desigualdad con la situación del hombre (…) y conociendo que su condición de miembro de la fuerza policial y sumariante representaba ‘la puerta de ingreso’ a la administración de justicia”.

 

“Juzgar con perspectiva de género es una categoría de análisis (…) requiere que el juzgador realice, con amplitud probatoria, un abordaje más profundo y alerta, desde que existen conceptos (estereotipos) que se han naturalizado, y que más de las veces ni siquiera podemos visualizar (…) por eso juzgar con perspectiva de género es una cuestión de derechos humanos”, agregó el juez.

La revictimización que sufrió la denunciante se vio acentuada por la condición de pobreza en que estaba inmersa, lo que también fue advertido en la sentencia: “El sargento estaba discriminando a una mujer, en una evidente situación socioeconómica desfavorable (…) imprimiéndole una reprochable violencia de género en clara desventaja y desigualdad con la situación del hombre (…) y conociendo que su condición de miembro de la fuerza policial y sumariante representaba ‘la puerta de ingreso’ a la administración de justicia”.


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