30 de Abril de 2024
Edición 6956 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/05/2024

Entre Ríos: establecen las excepciones de la presencialidad en las mediaciones

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos dispuso que en los procedimientos que se realicen ante el Centro de Medios Alternativos de Resolución de Conflictos del Alto Cuerpo, excepcionalmente, el/la mediador/a podrá proponer la realización virtual en los siguientes casos: por motivos de salud y seguridad de las personas intervinientes; que una de las partes haya sido víctima de violencia de género respecto de la otra y/o que por motivos de salud o impedimento económico en razón de la distancia, una de las partes no pueda trasladarse al domicilio donde deba realizarse la mediación.


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