09 de May de 2024
Edición 6962 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 10/05/2024
Justicia y medios

Cobertura periodística garantizada

El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes creó un Registro Provincial de Periodistas y Comunicadores Sociales para la cobertura de juicios penales, en el que se establecen los actos procesales que se podrán transmitir.

El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes creó el Registro Provincial de Periodistas o Comunicadores Sociales para asegurar el normal desenvolvimiento de las audiencias que concitan interés o poseen trascendencia social y también la publicidad de las mismas, preservando al mismo tiempo los derechos de las víctimas y las personas acusadas.

El acceso por parte de los periodistas y comunicadores sociales será restringido cuando las causas involucren menores de edad, personas con discapacidades, o se juzguen delitos contra la integridad sexual o presupongan la explotación de personas u otras graves violaciones a derechos humanos, todo ello tendiente a resguardar la seguridad de quienes tomen parte en el debate o se divulguen datos cuya revelación sea punible o afecte la seguridad del Estado.

 

La modalidad será resuelta por el Tribunal a cargo en cada causa y se comunicará lo decidido a los correos electrónicos declarados en el Registro. No obstante, los periodistas y comunicadores deben acreditarse ante el Tribunal de Juicio para cada caso, lo que dependerá del espacio físico y las características de la causa. 

 

Para la cobertura específica de una causa en juicio, los periodistas o comunicadores deberán especificar qué actos se cubrirán: Inicio – Alegatos de Apertura – Presentación del caso – Alegatos de Clausura – Lectura de veredicto y explicación sucinta del juez.

En caso de existir Veredicto de Culpabilidad deberán anticipar si se encuentran interesados en asistir a la segunda etapa del Juicio de determinación de pena. Asimismo, deberá determinar si la transmisión será en vivo o diferida y qué elementos técnicos ingresarán a la Sala de Debates, los cuales deberán ser individualizados: cámara de fotos, filmadoras, micrófonos, trípodes, o cualquier otro dispositivo que sea utilizado para la grabación de audio, imagen o video.

La modalidad será resuelta por el Tribunal a cargo en cada causa y se comunicará lo decidido a los correos electrónicos declarados en el Registro. No obstante, los periodistas y comunicadores deben acreditarse ante el Tribunal de Juicio para cada caso, lo que dependerá del espacio físico y las características de la causa. 

Los trabajadores de prensa podrán capturar imágenes en la Sala de Audiencias del Tribunal en tiempo inmediatamente anterior al inicio de cada audiencia, pero en ausencia de testigos y sin instalación de equipos que dificulten el comienzo del debate. "No podrá tomarse registro audiovisual de los testimonios o demás pruebas que se produzcan en el debate, pues ello resulta necesario para resguardar los fines del proceso y la indemnidad de los testigos que deberán atestiguar en sucesivas audiencias", se detalló.

Las entrevistas que deseen brindar las partes a la prensa no podrán tener lugar dentro de la Sala de Audiencias del Tribunal, por razones de orden y seguridad. No se permitirá en la Sala de Audiencias el ingreso con teléfonos celulares ni tecnología semejante.

 


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