02 de May de 2024
Edición 6957 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 03/05/2024

De víctima a victimaria

La Justicia de Tierra del Fuego condenó a la pena de prisión perpetua a una mujer acusada del crimen de su expareja. La imputada alegó haber actuado en “legítima defensa”, en el marco de violencia de género.

El Tribunal de Juicio en lo Criminal del Distrito Judicial Sur de Tierra del Fuego condenó a la pena de prisión perpetua a una mujer acusada del crimen de su expareja, a pesar de que ella alegó haber actuado en “legítima defensa”.

El fiscal de juicio, Eduardo Urquiza, había pedido que fuera condenada a 8 años de prisión, el mínimo previsto para el delito de homicidio, al considerar que, si bien no hubo legítima defensa, existieron circunstancias extraordinarias de atenuación debido a la violencia -no física- que su expareja ejercía sobre ella.

Los jueces Alejandro Pagano Zavalía, Maximiliano García Arpón y Rodolfo Bembihy Videla consideraron a la mujer como “autora material y penalmente responsable del delito homicidio agravado por el vínculo”, la misma figura con que la causa había sido elevada a juicio.

 

La mujer sostuvo, por su parte, que se defendió ante el ataque de su pareja, quien -según su relato- la tomó fuertemente del cuello, al punto de "pensar que era su vida o la de él". Sin embargo, los magistrados afirmaron que los médicos ”no determinaron secuelas cicatrizales” en la zona y que la imputada hizo referencia a este accionar al final del debate, luego de declarar todos los testigos.

 

Los magistrados descartaron la hipótesis de que la imputada estaba “inmersa en una relación asimétrica de poder, donde su pareja ejercía dominación intramuros mediante violencia” y afirmaron que se trató de una “pareja como tantas otras, con planteos de celos como cualquiera, pero sin negar su existencia”.

La mujer sostuvo, por su parte, que se defendió ante el ataque de su pareja, quien -según su relato- la tomó fuertemente del cuello, al punto de "pensar que era su vida o la de él". Sin embargo, los magistrados afirmaron que los médicos ”no determinaron secuelas cicatrizales” en la zona y que la imputada hizo referencia a este accionar al final del debate, luego de declarar todos los testigos.

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:
Deberá pagar 1 millón de pesos por daño moral
Violencia de género indemnizable
Impulsan reforma a la Ley 26.485
Violencia de género mediante las TIC

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486