26 de Abril de 2024
Edición 6954 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 29/04/2024

Okupas judiciales

Mientras el Consejo de la Magistratura debate el presupuesto para el 2023, los Juzgados Federales de Morón se encuentran a un paso del desalojo. El conflicto llegó a la Corte Suprema, y en el Senado "duerme" un proyecto de ley para expropiar el inmueble.

Por:
Rita Lucca
Por:
Rita Lucca

El Consejo de la Magistratura de la Nación comenzó a debatir el presupuesto para el Poder Judicial, el cual prevé erogaciones por el monto de $262.151.497.397. El anteproyecto ya tiene el visto bueno de la Comisión de Administración y Financiera y ahora pasará al plenario para su aprobación final.

Como todos los años, parte del debate en Comisión se centró en la “preocupante” situación de la infraestructura edilicia, la falta de inversión y la enorme cantidad de inmuebles no propios (alquilados y en comodato). "Se está tratando de hacer todo lo que se puede y da materialmente", dijo el Administrador General del Poder Judicial, Claudio Cholakian, al explicar la situación de las partidas presupuestarias.

Hace tres años, el Consejo de la Magistratura aprobó la “emergencia judicial” a pedido de la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (UEJN), pero poco cambió. La situación de los Juzgados Federales de Morón es un buen ejemplo de la crisis que atraviesa el Poder Judicial.

Los Juzgados Federales de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional 1, 2 y 3 se encuentran con un pie en la calle, luego de que se hiciera lugar a una demanda de desalojo.

 

Semanas atrás, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 4, a cargo de la jueza jueza Rita Ailán, hizo lugar a la demanda y ordenó la desocupación del inmueble “en el plazo de 180 días hábiles procesales que comenzará a computarse a partir de que quede firme el presente pronunciamiento”.

 

Todo comenzó en 2007, cuando el Consejo selló el contrato de locación por término de tres años -vencimiento el 23 de mayo de 2010-, con un canon locativo de $ 58.700. En 2011, se ejerció la opción de prórroga establecida por el contrato original, por un valor locativo de $ 4.630.944. Esta última fecha se cumplió, pero las partes no llegaron a un acuerdo.

Por ello, el dueño del inmueble promovió una demanda de desalojo, al entender que el Poder Judicial “ocupa ilegítimamente el edificio, por no existir contrato de locación vigente, desde el 23 de mayo de 2013 hasta el día de la fecha”.

Por su parte, los apoderados del Estado Nacional reconocieron esta situación, pero afirmaron que se entablaron “negociaciones para renovar el vínculo contractual, las cuales no han rendido frutos debido a la diferencia notable entre los alquileres pretendidos por la parte actora y los alquileres que el Poder Judicial de la Nación podía pagar de acuerdo a las tasaciones oficiales”.

 

En el medio de toda esta situación, la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín pidió evaluar la posibilidad de expropiar el bien -la Corte también hizo suya esta recomendación-, pero el Congreso no avanzó con el procedimiento.

 

“El locador pretende condicionar la voluntad de la Administración, aprovechando la imposibilidad real de re-localizar juzgados en un corto tiempo y con ello obligar a su Administración a aceptar condiciones cuasi-leoninas”, alegaron.

En el caso, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal admitió el pedido de desocupación anticipada del inmueble. Inmediatamente, el Estado interpuso un recurso extraordinario, siendo el mismo elevado al Máximo Tribunal.

En el medio de toda esta situación, la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín pidió evaluar la posibilidad de expropiar el bien -la Corte también hizo suya esta recomendación-, pero el Congreso no avanzó con el procedimiento. "Denotan las razones de urgencia para solucionar el conflicto", señala el proyecto del ley ingresado al Senado por el ministro Martín Soria, el cual solamente fue girado a las comisiones.

Semanas atrás, el Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 4, a cargo de la jueza jueza Rita Ailán, hizo lugar a la demanda y ordenó la desocupación del inmueble “en el plazo de 180 días hábiles procesales que comenzará a computarse a partir de que quede firme el presente pronunciamiento”. Esta decisión fue apelada por el abogado en representación del Estado, esgrimiendo que “causa gravamen irreparable”.

La magistrada advirtió que la parte demandada “no aceptó ninguna de las propuestas formuladas por la propietaria y locadora del bien, y estaba dispuesta a mantener la ocupación del bien hasta tanto contara con otra propiedad adecuada para alojar los Juzgados Federales de Morón que tenían asiento en ese inmueble”.



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