30 de Abril de 2024
Edición 6956 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/05/2024
Posible cambio de paradigma en políticas de género

Depp c/ Heard: las técnicas de litigación oral

La millonaria demanda, que es transmitida en vivo, tiene varios aspectos interesantes para analizar a nivel legal: desde las técnicas de litigación oral más avanzadas,  hasta la implementación del juicio por jurados.

Por:
* Deborah Elizabeth Huczek
Por:
* Deborah Elizabeth Huczek

La demanda civil de difamación por US$ 50 millones del actor norteamericano Johnny Depp contra su ex esposa, Amber Heard, tiene varios aspectos interesantes para analizar desde el punto de vista legal, más allá de los ribetes escandalosos que a diario son informados por los medios especializados en el mundo del espectáculo.

Se trata de un juicio oral y civil, donde el actor pretende esa millonaria indemnización por los daños que le ha causado a su reputación, y su consecuente cancelación laboral, las acusaciones por violencia de género que la actriz hizo por medio de una columna publicada en diciembre del 2018, en el diario estadounidense The Washington Post. Allí, sin mencionarlo directamente, ella se refirió a distintas situaciones en las que habría sido víctima de Depp.

 

El juicio puede significar un cambio de paradigma en las políticas de género que pretenden imponer un criterio único de análisis

 

El polémico matrimonio duró un año y medio, entre 2015 y 2016. Aparentemente, según algunas pruebas que están surgiendo durante el juicio, ambos habrían sufrido agresiones recíprocas.  En ese contexto, Depp busca demostrar que en realidad fue él la víctima de la violencia doméstica ejercida por su ex. Algo de lo que ella se burlaba, puesto que, según ha trascendido en una grabación reproducida en el juicio, Amber le manifestaba a Deep que nadie le creería que un hombre pudiera ser víctima de violencia física y verbal ejercida por una mujer. Es por esto también que el juicio puede significar un cambio de paradigma en las políticas de género que pretenden imponer un criterio único de análisis.

Lo cierto es que, a partir del artículo publicado, ella firmó contratos millonarios. De hecho, la polémica nota en The Wasinghton Post salió pocos días antes de que ella estrenara el film Aquaman, un hecho que para los asesores legales de Deep no es inocente, ya que la acusación podría haber sido utilizada para promocionar su nuevo trabajo. Mientras que al actor se le cancelaron todos los contratos, como la nueva edición de Piratas del Caribe, al ser catalogado como un golpeador. En esos hechos, se basa el reclamo de la millonaria indemnización.

 

Juicio por jurados

Desde el punto de vista del Derecho, lo interesante del pleito es que se transmite en vivo, bajo la modalidad de juicios por jurados, que hace un tiempo comenzó a implementarse en la Argentina.

En esta causa, siete ciudadanos norteamericanos, secundados por otros cuatro suplentes, van a resolver el planteo de Depp. A su vez, puede verse en acción a los letrados estadounidenses, en un país que está a la vanguardia en las técnicas de litigación oral.

Lo interesante de este sistema es que los encargados de resolver no son abogados y lo harán en base al sentido común. No tendrán en cuenta cuestiones legales complejas. Aunque, obviamente, estarán asistidos por especialistas de distinta índole durante el pleito legal, como por ejemplo peritos informáticos que evaluarán la veracidad de algunas pruebas presentadas.  

Pero, lo más probable, es que en su decisión pesen las experiencias y la credibilidad que despierten ambos involucrados, como así también todos los testimonios que se irán produciendo en el juicio. Fundamentalmente pesará la credibilidad que reflejen los abogados que representan a las partes.

Los abogados de Depp deben centrarse en convencerlos de que fueron falsas las manifestaciones de Heard.  Pero no solo eso. También deben demostrar que esos dichos se efectuaron de manera maliciosa. Es decir, con la intención de ocasionar un perjuicio de manera deliberada. 

Por eso, sus abogados hacen hincapié en los daños que esa entrevista periodística le provocó a su carrera profesional. Porque, asimismo, deben fundamentar el monto que reclaman, ya que ese número no puede ser antojadizo.

En tanto, la estrategia legal de la artista se basa en narrar detalles de las supuestas agresiones físicas y psicológicas que sufrió por parte de su ex marido, con el fin de transmitir certeza en sus afirmaciones. De hecho, ella lo contrademandó por US$ 100 millones.

 

El “alegato de apertura” es trascendental para la suerte que correrán los involucrados, ya que equivale al rol que el índice y la tapa tienen para saber si un libro nos interesa comprarlo o no.  De las manifestaciones que en ese momento hagan los litigantes, dependerá buena parte del apoyo que gocen o no de los miembros del tribunal.


Además, entre los argumentos para demostrar que no tuvo intención en causarle daño a Depp al relatar su historia de manera pública, la defensa de Heard sostiene que esas declaraciones son de interés social, al tratarse de un supuesto caso de violencia de género. En ese camino, presentaron recientemente una moción para que la Justicia rechace el caso.
 

Las instancias del juicio    

En el “alegato de apertura”, que se desarrolla luego de la selección de los miembros del jurado, las litigantes presentaron la historia que van a desarrollar durante el juicio.

Esta instancia es trascendental para la suerte que correrán los involucrados, ya que equivale al rol que el índice y la tapa tienen para saber si un libro nos interesa comprarlo o no. Aquí, sucede lo mismo. De las manifestaciones que en ese momento hagan los litigantes, dependerá buena parte del apoyo que gocen o no de los miembros del tribunal.

Lo que se conoce como “apertura del período probatorio”, también será muy importante en esta causa que está repleta de audios, videos, cartas y extractos de notas periodísticas para sustentar las versiones de ambos lados. También se van a interrogar a los testigos y peritos.

Para finalizar, se lleva a cabo el “alegato de clausura”, que sirve para que los litigantes hagan un resumen y valoración de todo el material probatorio presentado durante el proceso, para así tratar de persuadir y lograr que los miembros del jurado adopten una decisión a favor de su cliente.     

Por último, se le dan instrucciones al jurado respecto a lo que puede o no resolver dentro de los parámetros permitidos por la ley.  Para que luego, en privado, deliberen y dicten un veredicto.

Sin duda, esta disputa es una herramienta útil para que muchos estudiantes y juristas experimentados de Derecho puedan observar las distintas instancias que se suscitan y cuál es el verdadero rol del abogado en las audiencias orales del juicio.  A su vez, más allá de quién resulte vencedor de esta mediática disputa y los costados frívolos que a veces surgen del tema, se trata de un hecho muy interesante para conocer el contenido de distintas técnicas legales, que están comenzando a implementarse de manera incipiente en nuestro país, y cómo las mismas se aplican en las diversas situaciones que surgen en los estrados norteamericanos.

 

La autora, Déborah Huczek es abogada especialista en litigación oral y estará realizando los viernes 20, 27 de mayo y 3 de junio, a las 17:00, vivos en Instagram sobre el tema en cuestión https://www.instagram.com/deborahhuczek/


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486