18 de Abril de 2024
Edición 6948 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 19/04/2024
Todavía no cumplió dos años de vigencia

Cambien la Ley de Alquileres

Un grupo de legisladores presentó un proyecto destinado a modificar aspectos de la Ley de Alquileres N° 27.551. Buscan cambiar la regulación del precio inicial de los contratos, que haya mayor transparencia y también sugirieron un plan nacional de construcción de inmuebles.

Por:
Tomás Ressa
Por:
Tomás Ressa

Los diputados José Luis Gioja, Rosana Andrea Bertone, Lía Verónica Caliva, Sergio Casas, Susana Graciela Landriscini, Dante Edgardo López Rodríguez, Nilda Moyano, Jorge Antonio Romero, Nancy Aracely Sand Giorasi, Carlos Américo Selva, Eduardo Valdés, Juan Carlos Alderete, Estela Beatriz Hernández, Juan Manuel Pedrini y Alicia Noemí Aparicio presentaron un proyecto para modificar la Ley 27.551 conocida como "Ley de Alquileres".

Entre los fundamentos, los legisladores destacaron que desde que entró en vigencia la ley “fue cuestionada, incluso por representantes de agrupaciones políticas que la propusieron y que la acompañaron con su voto”. A su vez, la mayoría de los cuestionamientos a la ley “provienen de los sectores que defienden los intereses económicos de los locadores, es decir de las personas que no tendrían deficiencias materiales ni de vivienda”.

“La ley actual es criticada por quienes más tienen porque les pone un tope a los ajustes de los alquileres y por determinar un solo ajuste anual. Antes de la ley podían poner cualquier ajuste y por la cantidad de veces en un año que impusiesen a locatarios. El texto legal vigente les provee, sin embargo, aumentos por arriba del promedio de aumentos salariales. Esto, en muchos casos, también implica aumentos superiores a los establecidos con el régimen anterior” afirmaron los diputados.

 

La reforma propone que el precio inicial de alquiler de contratos destinados a vivienda tenga un tope del 20% (adicional al que corresponda con el ajuste anual previsto por el artículo 14 de la ley 27.551. Y dicho tope aplicará a todos los inmuebles se hayan locado con fines habitacionales en los últimos cinco años.

 

Modificaciones

Dentro de los aspectos a cambiar, los diputados propusieron “la regulación del precio inicial de alquileres destinados a vivienda”; “otorgar protección a inquilinos monotributistas, “brindar mayor publicidad y transparencia”.

También “conceder beneficios tributarios a locadores de inmuebles destinados a vivienda que cumplan con el registro ante la AFIP”; “lanzar un plan nacional construcción de inmuebles y de gestión pública de alquileres sociales” y “abordar la situación de viviendas ociosas y su tributación”.

Según la nueva normativa, se prevé que el precio inicial de alquiler de contratos renovados destinados a vivienda tendrá como tope un 10% adicional al que corresponda con el ajuste anual previsto por el párrafo tercero del artículo 14 de la ley 27.551.

El precio inicial de alquiler de contratos destinados a vivienda tendrá un tope del 20% (adicional al que corresponda con el ajuste anual previsto por el artículo 14 de la ley 27.551. Y dicho tope aplicará a todos los inmuebles se hayan locado con fines habitacionales en los últimos cinco años.

El tope podrá ser aumentado en cinco puntos porcentuales adicionales por cada año calendario completo que hubiere transcurrido entre la finalización del contrato de locación anterior y el próximo.

La determinación del precio inicial de alquiler se realizaría con el índice de ajuste previsto en el artículo 14 de la ley 27.551, el que se aplicará sobre el periodo no ajustado del contrato previo hasta el primer día del nuevo contrato, con la opción de añadir el equivalente fijado en el primer y/o tercer párrafo de este artículo, según corresponda.

Plan de viviendas

En uno de los últimos ítems, se pretende diseñar un plan de construcción de inmuebles con destino de vivienda en centro urbanos de más 50.000 habitantes y coordinar su implementación con autoridades provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Para ello, las estrategias serían “formular un plan para la construcción y adquisición de inmuebles por el Estado Nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires destinados a la gestión pública de alquileres sociales” y “elaborar un modelo de proyecto de ley para gravar en provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los inmuebles que podrían destinarse a la vivienda y que se encuentran deshabitados”.

“Además de lo aquí propuesto, habría que sumar otras políticas públicas para robustecer el derecho a la vivienda, por ejemplo aquellas dirigidas al crédito público y privado para la construcción y compra de viviendas o a la promoción de construcción de viviendas destinadas exclusivamente a alquiler” concluyeron los legisladores.



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