07 de Noviembre de 2024
Edición 7087 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 08/11/2024
Buscan imitar las experiencias de Bahia Blanca y CABA

Más Estado para proteger a los animales

El Colegio de Abogados de Mendoza presentó un proyecto para crear una fiscalía penal dedicada al maltrato contra los animales. La propuesta también prevé incluir aves y especies protegidas.

Son tiempos de cambios paradigmáticos en la justicia con respecto al trato (o mejor dicho al maltrato) con los animales. A las experiencias de CABA, Nequén y Bahía Blanca, que poseen cuerpos legislativos especializados en delito animal, se suma la provincia de Mendoza.

La Comisión de Derecho Animal del Colegio de Abogados y Procuradores de la Primera Circunscripción Judicial de Mendoza  presentó ante el procurador Alejandro Gullé un proyecto que prevé la creación de la una unidad fiscal dedicada al maltrato animal. Para 2022, se espera que se avance en  la capacitación de magistrados y auxiliares en materia de Derecho Animal como una forma de prevención.

Cabe recordar que la Ley 14346 establece que “será reprimido con prisión de quince días a un año, el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales”. Serán considerados actos de mal trato “no alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos; azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estímulo, les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas”.

 

La iniciativa prevé penas para los que maten o lesionen animales, e incluiría a quienes les generen un daño por el uso de pirotecnia, o que los exploten para peleas y/o carreras ilegales; e incluiría también aves y especies protegidas.

 

 

También se considera maltrato hacerlos trabajar en jornadas excesivas sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas;  emplearlos en el trabajo cuando no se hallen en estado físico adecuado;  estimularlos con drogas sin perseguir fines terapéuticos; o emplear animales en el tiro de vehículos que excedan notoriamente sus fuerzas.

Por su parte, se consideran según la normativa actos de crueldad hacia los animales practicar la vivisección con fines que no sean científicamente demostrables en lugares o por personas que no estén debidamente autorizados para ello; mutilar cualquier parte del cuerpo de un animal, salvo que el acto tenga fines de mejoramiento; intervenir quirúrgicamente animales sin anestesia y sin poseer el título de médico o veterinario, y realizar actos públicos o privados de riñas de animales, corridas de toros, novilladas y parodias en que se mate, hiera u hostilice a los animales, entre otros.

La iniciativa prevé penas para los que maten o lesionen animales, e incluiría a quienes les generen un daño por el uso de pirotecnia, o que los exploten para peleas y/o carreras ilegales; e incluiría también aves y especies protegidas.

Con ello se busca cesar rápidamente el delito, brindar contención y atención a los animales que sufren maltrato o crueldad y abrir canales de comunicación entre la justicia, la sociedad y los especialistas en la temática.


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486