10 de Octubre de 2024
Edición 7068 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 14/10/2024

Asistencia del victimario a la víctima

En una causa por violencia de género, la Justicia de Neuquén ordenó a un hombre abonar a su expareja la suma mensual de 20 mil pesos por el plazo de seis meses. La mujer debió retirarse del hogar familiar, se encuentra desocupada y a cargo de la crianza de su hijo.

En los autos “D. M. C. S/ situación ley 2212”, la Cámara de Apelaciones en lo Civil, Comercial, Laboral y de Minería de Neuquén ordenó a un hombre abonar a su expareja la suma mensual de 20 mil pesos por el plazo de seis meses.

La mujer solicitó que se le abone de manera provisoria la suma mensual de $20.000. Relató que desde hace 8 años no se encuentra inmersa en el mercado laboral y se dedicó al cuidado familiar. Aludió, en fundamento de su petición, a la “violencia ejercida hacia su persona y a la extrema situación de vulnerabilidad en la que se encuentra”.

La Sala I integrada por Cecilia Pamphile y Jorge Pascuarelli analizó la situación de extrema vulnerabilidad en que se encuentra la mujer, quien denunció haberse retirado del que fuera el domicilio familiar como consecuencia de la violencia ejercida en su contra por quien fuera su pareja. La mujer se encuentra alojada transitoriamente en un refugio.

 

“La Sra. D. se encuentra desocupada, realizando el trabajo de crianza de su hijo y tareas domésticas del hogar, sin remuneración. No posee pensión por su discapacidad”, agregó el Tribunal.

 

En el caso, la psicóloga interviniente señaló la “situación de violencia atravesada por múltiples variables de orden social y de salud mental, que otorgan mayor complejidad a la problemática denunciada”. “La Sra. D. se encuentra desocupada, realizando el trabajo de crianza de su hijo y tareas domésticas del hogar, sin remuneración. No posee pensión por su discapacidad”, agregó el Tribunal.

Asimismo, el Ministerio de Desarrollo Social y Trabajo informó que “los indicadores de riesgo presentes en la situación son de larga data y dan cuenta de que se trata de una situación crónica de violencia, según describe son ocho años de convivencia, donde la violencia recrudeció en los últimos tres años".

Documento relacionado:


Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

Notas relacionadas:

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486