14 de Octubre de 2024
Edición 7069 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 15/10/2024
Entra en vigencia el 20 de septiembre

Presencialidad mixta

La Cámara Federal de Córdoba emitió un acuerdo donde dispone la vuelta a la presencialidad de los Secretarios de todo el fuero. También estableció los protocolos para los agentes judiciales que no desean vacunarse: deberán un test de diagnóstico PCR negativo expedido dentro de las 72 horas anteriores  con el costo del mismo exclusivamente a su cargo.

La polémica por la presencialidad de personales judiciales vacunados –en la que los agentes que no deseaban vacunarse se manifestaron contra el Poder Judicial- llegó a su fin. Por medio del Acuerdo 184 /2021, los jueces de la Cámara Federal de Apelaciones de la Cuarta Circunscripción  Judicial  ratificaron  el acuerdo 146 /21 que dispuso  el aforo de presencialidad,  organizando  la división del personal  vacunado  en dos grupos o burbujas con asistencia al lugar de trabajo del 50 por ciento del personal de las Secretarias y  oficinas de cada Tribunal debiendo el 50 por ciento restante  cumplir tareas en forma remota.

El personal no vacunado por razones justificadas de salud -según fundada prescripción médica- , queda dispensado de la obligación de  presencialidad.

Los Secretarios de Cámara , de Primera Instancia y el Persona Obrero y de Maestranza ,deberán prestar servicios de manera presencial ininterrumpidamente.

 

La  Cámara  Federal entendió necesario realizar la consulta con la CSJN  a fin de que autorice a este Tribunal a otorgar licencia justificada sin goce de haberes  en el caso de aquellos agentes  que no cumplan con las exigencias previstas.

 

A los fines de prestar tareas de forma presencial, el personal no vacunado por decisión y razones  personales deberá presentar a partir del lunes 20 de septiembre del corriente año -el primer día hábil de cada semana de trabajo presencial- un test de diagnóstico PCR negativo expedido dentro de las 72 horas anteriores  con el costo del mismo exclusivamente a su cargo.

La  Cámara  Federal entendió necesario realizar la consulta con la CSJN  a fin de que autorice a este Tribunal a otorgar licencia justificada sin goce de haberes  en el caso de aquellos agentes  que no cumplan con las exigencias previstas.

Los abogados y público en general que necesiten realizar trámites presenciales en los tribunales federales de Córdoba deberán concurrir al edificio con turno previo, y exhibir constancia de vacunación o certificado de PCR negativo   expedido dentro de las 72 horas  de la presentación.



Estimado colega periodista: si va a utilizar parte esta nota o del fallo adjunto como "inspiración" para su producción, por favor cítenos como fuente incluyendo el link activo a http://www.diariojudicial.com. Si se trata de una nota firmada, no omita el nombre del autor. Muchas gracias.

VOLVER A LA TAPA

Diariojudicial.com es un emprendimiento de Diario Judicial.com S.A.
Propietario: Diario Judicial.com S.A. Amenábar 590 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Directora: Esther Analía Zygier. Registro de propiedad intelectual 54570890 Ley 11.723.
Descarga
la portada del diario en formato PDF

Reciba diariamente por e-mail todas las noticias del ámbito judicial.
Copyright ® 1999 - 2024 . Diario Judicial. Todos los derechos reservadores. ISSSN 1667-8486