04 de Octubre de 2024
Edición 7064 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 07/10/2024
La magistrada citó una frase de Einstein

Al trabajador con lenguaje claro

La Justicia porteña se declaró incompetente en una demanda laboral entablada por un hombre que trabajó en la construcción de la Villa Olímpica. La jueza interviniente le explicó al demandante la decisión en lenguaje claro.

Un hombre, que trabajó en la construcción de edificios en la Villa Olímpica,  inició una demanda laboral contra el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, dos particulares y Coparsa SA con el objeto de que se le abonen las sumas no liquidadas, correspondientes a diferentes rubros salariales que se le adeudan por su despido indirecto.

Afirmó que recibía parte de su salario “en negro” y relató que la sociedad demandada dio de baja su registración en AFIP sin interrumpir la relación laboral existente. Sostuvo que, al mes siguiente, no percibió su salario aunque continuó trabajando por las “promesas de pago”. Ante la falta de respuesta, según explicó, se consideró despedido. Fue intimado a retomar sus tareas y finalmente despedido.

El actor inició el reclamo laboral correspondiente ante el SECLO, pero que se presentó en la Justicia porteña ya que sus compañeros iniciaron demanda en el fuero laboral y el magistrado interviniente se declaró incompetente.

En este escenario, el Juzgado N° 6 en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad de Buenos Aires, a cargo de Patricia López Vergara, resolvió disponer la remisión de las presentes actuaciones a la Justicia Nacional del Trabajo a fin de que continúe con el trámite de este juicio.

En su decisión, la magistrada se dirigió al trabajador en lenguaje claro. “Esta resolución tiene como objetivo, ser una clara muestra para usted de que esta jueza ha leído con ESCUCHA ATENTA su reclamo. La propia función social de quienes imparten justicia lo requiere”, sostuvo.

Y añadió: “La propia función social de quienes imparten justicia lo requiere. Puedo comprender su desasosiego o asombro, o la incomprensión que bien pueden producirle las variadas posiciones entre diversas opiniones de fiscales, y de jueces y juezas intervinientes y en diferentes fueros. Nada de eso es fácilmente comprensible para quien ocurre a los tribunales en búsqueda de prontas soluciones a sus reclamos y lo que obtiene es un constante ir y venir de los reclamos, envueltos en explicaciones que le parecen lejanas a sus necesidades e intereses”.

Recordó, asimismo, que la ley 18.3455 dispone que son “de competencia de la justicia nacional del trabajo, en general, las causas contenciosas en conflictos individuales de derecho, cualquiera fueran las partes -incluso la Nación, sus reparticiones autárquicas, la Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires y cualquier ente público-, por demandas o reconvenciones fundadas en los contratos de trabajo, convenciones colectivas o disposiciones legales o reglamentarias del derecho del trabajo (…)”.

 

“Un físico muy famoso, Albert Einstein decía ‘No entiendes realmente algo hasta que no eres capaz de explicárselo a tu abuela’. Le pido disculpas si no he logrado esa meta en mi explicación”, concluyó la jueza porteña.

 

La magistrada advirtió que en su escrito inicial “no se lee fundamento alguno para sostener una relación que le uniese al Gobierno local que aquí es demandado; tampoco lo hace en sus presentaciones posteriores a pedido del tribunal como del Ministerio Público”, lo que cual “no torna posible que su reclamo pudiera tramitar ante este juzgado de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (incisos 3 y 4 del artículo 269 del CCAyT)”.

“En consecuencia, tal como ha sido planteado su caso, no puede decirse que el Gobierno de esta Ciudad sea parte sustancial en el pleito”, sostuvo y resaltó que la cuestión “excedería manifiestamente el marco de la competencia atribuida a este tribunal”.

Para la sentenciante, admitir la competencia del fuero del trabajo "lejos está de desentenderse" del caso “sino que significa contar con una tutela judicial que llamamos tuitiva, o sea protectora para quien trabaja, como parte a ser amparada en la relación” por la “especial protección que dicha jurisdicción le asegura".

“Un físico muy famoso, Albert Einstein decía ‘No entiendes realmente algo hasta que no eres capaz de explicárselo a tu abuela’. Le pido disculpas si no he logrado esa meta en mi explicación”, concluyó la jueza porteña.



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