30 de Abril de 2024
Edición 6956 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 02/05/2024
El secretario dio fe y extendió el instrumento

Herencia virtual

Un hombre que reside en Australia otorgó un poder a su representante legal a través de una comunicación online dispuesta por el juzgado. Gracias a esta medida, podrá estar representado activamente en todo el trámite.

El Juzgado de Paz de Mburucuyá, Corrientes, ordenó una comunicación a través de la plataforma Cisco Webex  donde un heredero de un sucesorio en trámite ante esa oficina judicial, que reside en Sidney, le dio el poder a su representante legal para poder participar activamente del proceso.

El titular del organismo, Sergio Juniors Shwoihort, explicó que, teniendo en cuenta que la distancia ocasionaba inconvenientes al interesado para participar en el sucesorio, y ante la petición de la abogada de que se facilite algún medio idóneo que permita al heredero una plena intervención en el sucesorio de su padre, encomendó al Secretario de la Oficina Judicial la coordinación de los detalles para poder celebrar el poder.

El juzgado destacó que con el uso de la tecnología se garantizó el acceso a la justicia por parte de una persona que, por circunstancias personales se trasladó al extranjero y no pudo regresar a la fecha por las restricciones derivadas de la Pandemia del virus COVID-19. 

Luego de un acuerdo con la letrada y el heredero, especialmente vinculadas con la estipulación del día y horarios para la audiencia respectiva, atendiendo a la amplia diferencia horaria entre ambos países, se  concretó exitosamente la misma.

Sobre el uso de esta herramienta para brindar un mejor servicio de justicia, Shwoihort sostuvo que “los magistrados, debemos allanar los obstáculos y barreras de cualquier tipo que entorpezcan un adecuado ejercicio de los derechos por parte de toda persona, en todo proceso, a fin de lograr la anhelada tutela judicial efectiva”.

En diálogo con el foro de Derecho Procesal Electrónico E-Procesal, el magistrado explicó que La orden de celebración de audiencia "se dio por una providencia simple, sin un desarrollo argumental especial, puesto que ya venimos otorgando poderes en esta modalidad, a personas que se encuentran en otros lugares el país, y participan de procesos que tramitan en el juzgado", y que no hubo necesidad de utilizar firma electrónica o digital.

"Si bien disponemos de firma digital, en este caso no se utiliza, puesto que el secretario, en su rol de fedatario, extiende el poder como en cualquier otro caso en que el poderdante se encuentra presente, con la salvedad que corrobora la identidad de la persona por medios virtuales (en el caso, Cisco Webex, que es la autorizada formalmente por el Superior Tribunal de Justicia en nuestra provincia)" agregó Shwoihort

El acto en sí no dista mucho de lo corriente, más allá del uso de la tecnología para facilitar la participación de quien no puede comparecer personalmente al Juzgado.
 

 

El juzgado destacó que con el uso de la tecnología se garantizó el acceso a la justicia por parte de una persona que, por circunstancias personales se trasladó al extranjero y no pudo regresar a la fecha por las restricciones derivadas de la Pandemia del virus COVID-19. 

 

 

 


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