10 de May de 2024
Edición 6963 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 13/05/2024

Vacaciones dentro de la provincia

Un padre pidió vacacionar con su hijo en la Ciudad de Buenos Aires, pero la Cámara Civil determinó que deberá hacerlo en la provincia de Formosa, donde vive con su madre. El fallo hizo hincapié en las restricciones de tránsito y las medidas de confinamiento que vuelven "desaconsejable el desplazamiento del niño fuera del lugar donde reside".

La Sala de Feria de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó una resolución de grado y dispuso que un padre deberá vacacionar con su hijo en la provincia de Formosa frente a las restricciones de tránsito entre las diferentes jurisdicciones y las medidas de confinamiento.

La causa llegó al Tribunal con motivo del recurso de apelación interpuesto por la progenitora y el defensor de menores contra la resolución que autorizó –en carácter de medida cautelar- a un niño vacacionar junto a su padre en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

El juez de primera instancia dispuso, además, que la progenitora debía arbitrar los medios necesarios para trasladarse junto al niño a la Ciudad y que se encontraba a su cargo "gestionar, con la antelación suficiente, todos los estudios de PCR requeridos en la Provincia de Formosa para el egreso y posterior ingreso del niño a dicha provincia, respectando el período vacacional aquí ordenado".

La mujer, por su parte, consideró que se le impuso una carga "imposible de cumplir" ya que no cuenta con medios económicos para trasladarse, ni períodos vacacionales en el mes de enero, según esgrimió. También añadió que la provincia de Formosa, donde vive junto con el menor, es la única en todo el país donde los vuelos aéreos y los transportes de larga distancia se encuentran suspendidos.

 

En este escenario, la Cámara Civil analizó el contexto sanitario actual ante el rebrote de la pandemia, las medidas de confinamiento y aislamiento dispuestas por las autoridades públicas nacionales y provinciales -en particular las relacionadas con el tránsito de personas entre diferentes jurisdicciones-, para así concluir que es “desaconsejable el desplazamiento del niño fuera del lugar donde reside actualmente”.

 

A los fundamentos de la demandada adhirió el defensor de menores, quien manifestó también debe valorarse la protección integral de los derechos del niño por el “riesgo de quedar sujeto a cuarentenas forzosas en refugios públicos o demorado al regresar a su provincia”.

En este escenario, la Cámara Civil analizó el contexto sanitario actual ante el rebrote de la pandemia, las medidas de confinamiento y aislamiento dispuestas por las autoridades públicas nacionales y provinciales -en particular las relacionadas con el tránsito de personas entre diferentes jurisdicciones-, para así concluir que es “desaconsejable el desplazamiento del niño fuera del lugar donde reside actualmente”.

Sin embargo, los jueces destacaron la necesidad de “no interrumpir el contacto con el progenitor que ha solicitado disfrutar 15 días de vacaciones con su hijo” y determinaron que deberá ser en la provincia de Formosa.

A tales fines, el tribunal dispuso que el progenitor interesado “podrá desplazarse a dicha provincia, previo cumplimiento de los recaudos sanitarios que exigen las autoridades públicas e informar a la demandada con 72 horas de antelación la fecha en que llegará a la capital provincia”. El niño también deberá mantener el vínculo por los medios telemáticos con ambos progenitores.


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Civil vacaciones Feria Formosa

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