26 de Abril de 2024
Edición 6954 ISSN 1667-8486
Próxima Actualización: 29/04/2024
Deberá indemnizarla con 850 mil pesos

Nada estético

La Cámara Civil confirmó la responsabilidad de una médica por los daños derivados de una cirugía estética mamaria, que evolucionó con encapsulamiento y asimetría de las prótesis. "Las secuelas que hoy presente la accionante son producto de la impericia quirúrgica", aseguraron los jueces,

La Sala A de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó una demanda contra una médica que efectuó una cirugía de colocación de implantes mamarios a una mujer, que evolucionó con encapsulamiento y asimetría de las prótesis.

En 2012, la accionante concurrió al consultorio de la demandada por un cuadro de hipomastía bilateral, con el fin de mejorar su aspecto estético y lograr simetría entre sus mamas, mediante la colocación de implantes. Se programó la cirugía que consistía en un abordaje periareolar, desde donde se realizaría la disección y tallado de los bolsillos en plano retromuscular y se colocaría en cada mama un implante.

La operación fue llevada a cabo en el día pactado y transcurrió sin complicaciones. Sin embargo, la evolución de la paciente no fue la esperada, sino que obtuvo un resultado antiestético, ya que sus mamas se encontraban asimétricas y los pezones desviados, siendo que las prótesis colocadas sufrieron encapsulamiento.

En este contexto, la accionante demandó judicialmente a la médica tratante sosteniendo que no había realizado la intervención pactada, argumentando que los implantes se le habían colocado en la región retroglandular y no retromuscular, generándose de esta manera el daño cuya reparación reclama.

La sentencia de primera instancia hizo lugar a la demanda y condenó a la médica y su aseguradora a abonarle a la actora la suma de 850 mil pesos con más sus intereses. Todo ello en los autos “A., E. c/ G., J. E. y Otros s/ daños y perjuicios”.

 

“Se suma a ello que la médica tratante nunca confeccionó una apropiada historia clínica de la paciente, quedando evidenciado que los únicos registros que guardó de la atención brindada eran las simples fichas que no cumplen con los requisitos legales y siquiera se encuentran suscriptas por la profesional. En definitiva, la prueba producida terminó demostrando que las secuelas que hoy presente la accionante son producto de la impericia quirúrgica y no de una cicatrización anormal inculpable”, concluyó el tribunal.

 

La Cámara Civil confirmó esta decisión y destacó como determinante que no se haya realizado la intervención que había sido convenida. La pericia acabó demostró que el abordaje efectuado fue retroglandular y no retromusuclar, siendo que la técnica utilizada “no era la adecuada para la paciente, a lo que se agrega que era más propensa a generar encapsulamientos de prótesis como el que terminó ocurriendo”.

“Se suma a ello que la médica tratante nunca confeccionó una apropiada historia clínica de la paciente, quedando evidenciado que los únicos registros que guardó de la atención brindada eran las simples fichas que no cumplen con los requisitos legales y siquiera se encuentran suscriptas por la profesional. En definitiva, la prueba producida terminó demostrando que las secuelas que hoy presente la accionante son producto de la impericia quirúrgica y no de una cicatrización anormal inculpable”, concluyó el tribunal.



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